I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Medidas administrativas. Organización. (BOE-A-2024-10149)
Ley 1/2024, de 15 de marzo, de Medidas Administrativas y de Creación de la Agencia de Transformación Digital de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 57755
iniciativas que deben lograr la completa digitalización de los diversos ámbitos
organizativos, de los servicios públicos y de la sociedad.
Para alcanzar estos ambiciosos objetivos, se considera imprescindible la creación de
un instrumento que centralice, coordine y brinde coherencia a la visión estratégica del
Gobierno. Este instrumento tomará forma como la Agencia de Transformación Digital de
Castilla-La Mancha.
En los últimos años, se ha llevado a cabo la unificación de la mayoría de las
unidades administrativas encargadas de los servicios de informática y digitalización de la
Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, habiéndose
incorporado en la presente legislatura a ese proceso las competencias relativas a las
infraestructuras de telecomunicaciones y estando previsto con esta ley incluir las
correspondientes al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Este proceso, orientado a
lograr una mayor eficiencia y eficacia en dichos servicios, se concretará en la creación
de la mencionada Agencia.
La Agencia se encargará de la detección de necesidades, planificación y ejecución
de los servicios de carácter digital, la coordinación con otras administraciones públicas,
así como la ejecución de políticas para la transformación digital de la sociedad de
Castilla-La Mancha y la innovación asociada a las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC) en el marco de la Administración, prestando especial atención a
las labores en materia de ciberseguridad.
La respuesta al desafío digital marca la diferencia entre los territorios de nuestro
entorno. A la continua evolución de las nuevas tecnologías, se suma su abrupta
incorporación generalizada en el día a día de la ciudadanía y las empresas como
respuesta a la pandemia. Ciudadanos, empresas y administraciones públicas se han
alineado para utilizar los medios digitales como solución a multitud de situaciones
derivadas de la pandemia que habrían sido impensables hace tan solo unos pocos años.
Así, el teletrabajo, las videoconferencias y el trabajo ofimático colaborativo, antes de
uso limitado, ahora se consideran comunes y se aplican en todos los ámbitos, tanto en el
trabajo de los empleados públicos como en su relación con los ciudadanos y en la
prestación de servicios públicos. La implantación de estas soluciones debe coordinarse
para toda la administración pública autonómica, abarcando los diferentes entes del
sector público.
En esta dirección, la actuación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
ha resultado fundamental como facilitadora de herramientas y medios. A pesar del éxito
logrado en diversos aspectos, esta situación también ha evidenciado la necesidad de
reforzar la digitalización tanto en el ámbito público como en el privado.
Para abordar esta necesidad, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de la economía española ha establecido, como uno de sus cuatro ejes transversales, el
de la transformación digital. La Agencia de Transformación Digital se encargará de
implementar acciones relacionadas con la modernización de la Administración Pública
Regional, coordinando y participando en la definición de acciones de las diferentes
consejerías y organismos de la Administración Pública Regional que incluyan medidas
de digitalización.
Esta competencia se ejerce al amparo del artículo 31.1.1 del Estatuto de Autonomía
de Castilla-La Mancha, que atribuye como competencia exclusiva de la región, la
organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
IV
El capítulo II, bajo la rúbrica de «Medidas administrativas», comprende los
artículos 10 a 27 contemplando medidas de diversa índole de mejora de la gestión
administrativa.
El artículo 10 modifica la Ley Electoral de Castilla-La Mancha para, por un lado,
sustituir las referencias actuales en pesetas a la moneda actual de curso legal que es el
euro y, por otro, actualizar las cuantías de los distintos conceptos de ayuda.
cve: BOE-A-2024-10149
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 57755
iniciativas que deben lograr la completa digitalización de los diversos ámbitos
organizativos, de los servicios públicos y de la sociedad.
Para alcanzar estos ambiciosos objetivos, se considera imprescindible la creación de
un instrumento que centralice, coordine y brinde coherencia a la visión estratégica del
Gobierno. Este instrumento tomará forma como la Agencia de Transformación Digital de
Castilla-La Mancha.
En los últimos años, se ha llevado a cabo la unificación de la mayoría de las
unidades administrativas encargadas de los servicios de informática y digitalización de la
Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, habiéndose
incorporado en la presente legislatura a ese proceso las competencias relativas a las
infraestructuras de telecomunicaciones y estando previsto con esta ley incluir las
correspondientes al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Este proceso, orientado a
lograr una mayor eficiencia y eficacia en dichos servicios, se concretará en la creación
de la mencionada Agencia.
La Agencia se encargará de la detección de necesidades, planificación y ejecución
de los servicios de carácter digital, la coordinación con otras administraciones públicas,
así como la ejecución de políticas para la transformación digital de la sociedad de
Castilla-La Mancha y la innovación asociada a las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC) en el marco de la Administración, prestando especial atención a
las labores en materia de ciberseguridad.
La respuesta al desafío digital marca la diferencia entre los territorios de nuestro
entorno. A la continua evolución de las nuevas tecnologías, se suma su abrupta
incorporación generalizada en el día a día de la ciudadanía y las empresas como
respuesta a la pandemia. Ciudadanos, empresas y administraciones públicas se han
alineado para utilizar los medios digitales como solución a multitud de situaciones
derivadas de la pandemia que habrían sido impensables hace tan solo unos pocos años.
Así, el teletrabajo, las videoconferencias y el trabajo ofimático colaborativo, antes de
uso limitado, ahora se consideran comunes y se aplican en todos los ámbitos, tanto en el
trabajo de los empleados públicos como en su relación con los ciudadanos y en la
prestación de servicios públicos. La implantación de estas soluciones debe coordinarse
para toda la administración pública autonómica, abarcando los diferentes entes del
sector público.
En esta dirección, la actuación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
ha resultado fundamental como facilitadora de herramientas y medios. A pesar del éxito
logrado en diversos aspectos, esta situación también ha evidenciado la necesidad de
reforzar la digitalización tanto en el ámbito público como en el privado.
Para abordar esta necesidad, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de la economía española ha establecido, como uno de sus cuatro ejes transversales, el
de la transformación digital. La Agencia de Transformación Digital se encargará de
implementar acciones relacionadas con la modernización de la Administración Pública
Regional, coordinando y participando en la definición de acciones de las diferentes
consejerías y organismos de la Administración Pública Regional que incluyan medidas
de digitalización.
Esta competencia se ejerce al amparo del artículo 31.1.1 del Estatuto de Autonomía
de Castilla-La Mancha, que atribuye como competencia exclusiva de la región, la
organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
IV
El capítulo II, bajo la rúbrica de «Medidas administrativas», comprende los
artículos 10 a 27 contemplando medidas de diversa índole de mejora de la gestión
administrativa.
El artículo 10 modifica la Ley Electoral de Castilla-La Mancha para, por un lado,
sustituir las referencias actuales en pesetas a la moneda actual de curso legal que es el
euro y, por otro, actualizar las cuantías de los distintos conceptos de ayuda.
cve: BOE-A-2024-10149
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123