V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. (BOE-B-2024-18415)
Anuncio de la Dirección de Transportes y del Sector Postal, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por el que se notifica la propuesta de resolución del procedimiento sancionador incoado a Express Postal, S.L, por incumplimiento del deber de fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales y por prestar servicios postales sin disponer de la autorización administrativa correspondiente (referencia SNC/DTSP/034/24).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Martes 21 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 27232

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA

18415

Anuncio de la Dire cción de Transporte s y de l Se ctor Postal, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por el que se
notifica la propue sta de re solución de l proce dimie nto sancionador
incoado a Expre ss Postal, S.L, por incumplimie nto de l de be r de
fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales y por prestar
se rvicios postale s sin dispone r de la autorización administrativa
corre spondie nte (re fe re ncia SNC/DTSP/034/24).

Habiendo sido infructuosas las notificaciones, tanto por vía postal como a
través de medios electrónicos, en la tramitación de este procedimiento
sancionador, conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y 89 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPAC), se notifica lo siguiente:
a) Con fecha de 14 de marzo de 2024, la Directora de Transportes y del Sector
Postal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia dictó acuerdo
por el que se incoa procedimiento sancionador a Express Postal, S.L., CIF:
B86674694, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 43/2010, de
30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del
mercado postal (en adelante, Ley Postal), por los siguientes hechos:
· La ausencia de recogida de un número determinado de envíos franqueados
con medios de franqueo de sus marcas comerciales (contabilizados a octubre de
2023), depositados previamente por error en la red de la Sociedad Estatal Correos
y Telégrafos, S.A, S.M.E. (en adelante, Correos), impidiendo de esta forma que
tales envíos culminaran el ciclo postal hasta su entrega a sus destinatarios finales.
· Realizar una actividad postal sin contar con la correspondiente autorización
administrativa con posterioridad a su baja en el Registro General de Empresas
Prestadoras de Servicios Postales (23 de noviembre de 2020).
La notificación del acuerdo de incoación del procedimiento, tanto por vía postal
como a través de medios electrónicos, fue infructuosa, por lo que, conforme a lo
dispuesto en los artículos 44 y 64 de la LPAC, se procedió a la notificación
mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado del 10 de
abril de 2024. Express Postal, S.L. no ha realizado alegaciones al inicio del
procedimiento, ni ha aportado documentación alguna relacionada con el mismo.

1º. Express Postal, S.L. no ha recogido de las instalaciones de Correos un
número determinado de envíos postales franqueados con medios de franqueo que
le pertenecen (cifra referenciada a octubre de 2023), depositados previamente por
error en la red de Correos. Tales envíos no han culminado el ciclo postal hasta su
entrega a los destinatarios finales. Los citados envíos son, en su inmensa mayoría,
tarjetas postales, es decir, envíos de correspondencia que pertenecen al ámbito
del servicio postal universal. Express Postal, S.L. no ha efectuado recogidas desde
2020.
Estos hechos serían constitutivos de una infracción muy grave, tipificada en el
artículo 59. a) de la Ley Postal.

cve: BOE-B-2024-18415
Verificable en https://www.boe.es

b) Los hechos probados durante la fase de instrucción y su calificación jurídica
es la siguiente: