III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-10064)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2024.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Sábado 18 de mayo de 2024
12.
Sec. III. Pág. 57231
Actividades de control tras los enjaulamientos.
Transferencias internas.
No se llevará a cabo ninguna transferencia de atún rojo dentro de las granjas sin la
autorización y la presencia de la autoridad competente.
Controles aleatorios.
La autoridad competente del Estado miembro donde se encuentre ubicada la granja
llevará a cabo controles aleatorios en las granjas bajo su jurisdicción.
Dichos controles se llevarán a cabo entre el momento de finalización de las
operaciones de introducción en jaulas y la primera introducción en jaula del año
siguiente.
Dichos controles cubrirán, al menos, el 10 % del número de jaulas en cada granja
tras finalizar las operaciones de introducción en jaulas. Se realizará al menos uno por
granja y se redondeará al alza cuando sea necesario.
Aunque no es un requisito, la granja afectada podría ser informada previamente por
la autoridad competente con un máximo de dos días laborables de antelación.
Los operadores de la granja se asegurarán de que se dispone de medios suficientes
para que la autoridad competente pueda llevar a cabo dichos controles.
Tras el control aleatorio, cualquier diferencia entre el número de atunes rojos
determinado por los controles aleatorios y el número que se preveía que estuviera en la
jaula deberá ser debidamente investigada y consignada en el sistema eBCD. En el caso
de un número en exceso, la autoridad competente de donde se encuentra ubicada la
granja emitirá la orden de liberación del número correspondiente.
No se permitirá la compensación de las diferencias entre diferentes jaulas de la
granja.
La autoridad competente podría permitir un margen de error de hasta el 5 % entre el
número de ejemplares resultante de la transferencia de control y el número previsto en la
jaula.
Antes del inicio de la siguiente temporada de pesca con cerco, para poder proceder a
la evaluación del remante de atún rojo, el atún rojo vivo afectado se transferirá a una
jaula vacía y será objeto de seguimiento utilizando cámaras de control para determinar el
número y peso de los peces transferidos.
El atún rojo vivo traspasado se colocará en jaulas o en series de jaulas separadas en
la granja, según el año de captura y la JFO de la almadraba de origen.
La autoridad competente del Estado miembro donde se encuentra ubicada la granja
investigará debidamente, y consignará en el sistema eBCD, cualquier diferencia en
número de ejemplares de atún rojo entre el número resultante de la evaluación del
traspaso y el número previsto después del sacrificio.
En el caso de un número en exceso, la autoridad competente de donde se encuentra
ubicada la granja emitirá la orden de liberación del número correspondiente.
No se permitirá la compensación de las diferencias entre diferentes jaulas de la
granja. La autoridad competente puede permitir un margen de error de hasta el 5 % entre
el número de ejemplares resultante de la evaluación de traspaso y el número previsto en
la jaula.
Transferencias entre granjas.
La transferencia de atún rojo vivo entre dos granjas diferentes no tendrá lugar sin la
autorización previa por escrito de las autoridades competentes de ambas granjas.
La transferencia desde la jaula de la granja donante a la jaula de transporte cumplirá
los requisitos establecidos para las transferencias de peces vivos, lo que incluye una
grabación en vídeo para confirmar el número de ejemplares de atún rojo transferidos, la
cve: BOE-A-2024-10064
Verificable en https://www.boe.es
Traspaso (carry over).
Núm. 121
Sábado 18 de mayo de 2024
12.
Sec. III. Pág. 57231
Actividades de control tras los enjaulamientos.
Transferencias internas.
No se llevará a cabo ninguna transferencia de atún rojo dentro de las granjas sin la
autorización y la presencia de la autoridad competente.
Controles aleatorios.
La autoridad competente del Estado miembro donde se encuentre ubicada la granja
llevará a cabo controles aleatorios en las granjas bajo su jurisdicción.
Dichos controles se llevarán a cabo entre el momento de finalización de las
operaciones de introducción en jaulas y la primera introducción en jaula del año
siguiente.
Dichos controles cubrirán, al menos, el 10 % del número de jaulas en cada granja
tras finalizar las operaciones de introducción en jaulas. Se realizará al menos uno por
granja y se redondeará al alza cuando sea necesario.
Aunque no es un requisito, la granja afectada podría ser informada previamente por
la autoridad competente con un máximo de dos días laborables de antelación.
Los operadores de la granja se asegurarán de que se dispone de medios suficientes
para que la autoridad competente pueda llevar a cabo dichos controles.
Tras el control aleatorio, cualquier diferencia entre el número de atunes rojos
determinado por los controles aleatorios y el número que se preveía que estuviera en la
jaula deberá ser debidamente investigada y consignada en el sistema eBCD. En el caso
de un número en exceso, la autoridad competente de donde se encuentra ubicada la
granja emitirá la orden de liberación del número correspondiente.
No se permitirá la compensación de las diferencias entre diferentes jaulas de la
granja.
La autoridad competente podría permitir un margen de error de hasta el 5 % entre el
número de ejemplares resultante de la transferencia de control y el número previsto en la
jaula.
Antes del inicio de la siguiente temporada de pesca con cerco, para poder proceder a
la evaluación del remante de atún rojo, el atún rojo vivo afectado se transferirá a una
jaula vacía y será objeto de seguimiento utilizando cámaras de control para determinar el
número y peso de los peces transferidos.
El atún rojo vivo traspasado se colocará en jaulas o en series de jaulas separadas en
la granja, según el año de captura y la JFO de la almadraba de origen.
La autoridad competente del Estado miembro donde se encuentra ubicada la granja
investigará debidamente, y consignará en el sistema eBCD, cualquier diferencia en
número de ejemplares de atún rojo entre el número resultante de la evaluación del
traspaso y el número previsto después del sacrificio.
En el caso de un número en exceso, la autoridad competente de donde se encuentra
ubicada la granja emitirá la orden de liberación del número correspondiente.
No se permitirá la compensación de las diferencias entre diferentes jaulas de la
granja. La autoridad competente puede permitir un margen de error de hasta el 5 % entre
el número de ejemplares resultante de la evaluación de traspaso y el número previsto en
la jaula.
Transferencias entre granjas.
La transferencia de atún rojo vivo entre dos granjas diferentes no tendrá lugar sin la
autorización previa por escrito de las autoridades competentes de ambas granjas.
La transferencia desde la jaula de la granja donante a la jaula de transporte cumplirá
los requisitos establecidos para las transferencias de peces vivos, lo que incluye una
grabación en vídeo para confirmar el número de ejemplares de atún rojo transferidos, la
cve: BOE-A-2024-10064
Verificable en https://www.boe.es
Traspaso (carry over).