I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Sector eléctrico. (BOE-A-2024-10012)
Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del sector eléctrico canario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Sábado 18 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 57130

previsto por ninguna de las anteriores normas, se estará a lo establecido por la
legislación sobre el procedimiento administrativo común.
2.º La imposición de sanciones corresponderá:
En caso de infracciones muy graves, al Gobierno de Canarias.
En caso de infracciones graves, a la persona titular de la consejería
competente en materia de energía.
En caso de infracciones leves, a la persona titular del centro directivo
competente en materia de energía.»
Cuatro.

Se modifica el artículo 22, que queda redactado como sigue:

«Artículo 22. Prescripción.
Se aplicará la legislación sectorial eléctrica de ámbito estatal en lo relativo a
los plazos de prescripción de infracciones y sanciones.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de Canarias».
Por tanto, ordeno a la ciudadanía y a las autoridades que la cumplan y la hagan
cumplir.
Canarias, 27 de diciembre de 2023.–El Presidente, Fernando Clavijo Batlle.

cve: BOE-A-2024-10012
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» número 255, de 30 de diciembre de 2023)

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X