III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-9968)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Moncada n.º 1, por la que se deniega la inscripción de una rectificación de superficie y de la georreferenciación de la finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fundando el registrador su calificación en las alegaciones contrarias presentadas por uno de los colindantes notificados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56675
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9968
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Moncada n.º 1, por la que se deniega la
inscripción de una rectificación de superficie y de la georreferenciación de la
finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria,
fundando el registrador su calificación en las alegaciones contrarias
presentadas por uno de los colindantes notificados.
En el recurso interpuesto por don E. B. D. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Moncada número 1, don Luis Manuel Alberto Gómis
Segarra, por la que se deniega la inscripción de una rectificación de superficie y de la
georreferenciación de la finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, fundando el registrador su calificación en las alegaciones contrarias
presentadas por uno de los colindantes notificados.
Hechos
I
Mediante instancia privada con firma legitimada de fecha 16 de noviembre de 2023,
don E. B. D., dueño por tercera parte indivisa y con carácter privativo de la finca registral
número 7.741/1 de Bétera, con código registral único número 46043000126808,
declaraba que se correspondía con la parcela catastral con referencia
número 9251918YJ1885S0001ZP, manifestando que su georreferenciación catastral no
se correspondía con la realidad física de su finca, lo que acreditaba con informe del
técnico don A. A. M., quien declaraba que, según medición técnica, la citada finca tenía
una superficie en la realidad de 659 metros cuadrados, declarando un exceso de cabida
de 189,5 metros cuadrados, incorporando la correspondiente georreferenciación
alternativa acreditativa, con informe catastral de validación técnica de resultado positivo,
y solicitando la inscripción de la representación gráfica alternativa de la misma.
II
«Asiento: 2026. Diario: 182. Núm. entrada: 5835/2023.
Título presentado: Instancia privada de inscripción de base gráfica de fecha 16 de
noviembre de 2023.
Interesado: E. B. D.
El registrador de la propiedad que suscribe, previo examen y calificación jurídica del
documento que precede, referido en la presente nota, ha resuelto suspender la
cve: BOE-A-2024-9968
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 16 de noviembre de 2023 dicha instancia en el Registro de la
Propiedad de Moncada número 1, y tras la tramitación del expediente del artículo 199.2
de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56675
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9968
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Moncada n.º 1, por la que se deniega la
inscripción de una rectificación de superficie y de la georreferenciación de la
finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria,
fundando el registrador su calificación en las alegaciones contrarias
presentadas por uno de los colindantes notificados.
En el recurso interpuesto por don E. B. D. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Moncada número 1, don Luis Manuel Alberto Gómis
Segarra, por la que se deniega la inscripción de una rectificación de superficie y de la
georreferenciación de la finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, fundando el registrador su calificación en las alegaciones contrarias
presentadas por uno de los colindantes notificados.
Hechos
I
Mediante instancia privada con firma legitimada de fecha 16 de noviembre de 2023,
don E. B. D., dueño por tercera parte indivisa y con carácter privativo de la finca registral
número 7.741/1 de Bétera, con código registral único número 46043000126808,
declaraba que se correspondía con la parcela catastral con referencia
número 9251918YJ1885S0001ZP, manifestando que su georreferenciación catastral no
se correspondía con la realidad física de su finca, lo que acreditaba con informe del
técnico don A. A. M., quien declaraba que, según medición técnica, la citada finca tenía
una superficie en la realidad de 659 metros cuadrados, declarando un exceso de cabida
de 189,5 metros cuadrados, incorporando la correspondiente georreferenciación
alternativa acreditativa, con informe catastral de validación técnica de resultado positivo,
y solicitando la inscripción de la representación gráfica alternativa de la misma.
II
«Asiento: 2026. Diario: 182. Núm. entrada: 5835/2023.
Título presentado: Instancia privada de inscripción de base gráfica de fecha 16 de
noviembre de 2023.
Interesado: E. B. D.
El registrador de la propiedad que suscribe, previo examen y calificación jurídica del
documento que precede, referido en la presente nota, ha resuelto suspender la
cve: BOE-A-2024-9968
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 16 de noviembre de 2023 dicha instancia en el Registro de la
Propiedad de Moncada número 1, y tras la tramitación del expediente del artículo 199.2
de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente nota de calificación: