III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10005)
Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Viernes 17 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56932

en la disposición adicional segunda Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de
Ordenación de Publicaciones Oficiales.
b) La competencia para fijar o modificar los precios de venta al público de las
publicaciones del departamento y la competencia para determinar las cantidades
máximas que podrán abonarse a los autores de trabajos y colaboraciones que se
incluyan en ellas. En el caso de los organismos públicos adscritos al departamento, esta
competencia se delega en las personas titulares de las secretarías generales o
gerencias correspondientes.
c) La propuesta del Programa Editorial del departamento.
3. La resolución de los recursos de alzada interpuestos contra actos y resoluciones
del Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,
previstos en el artículo 37.1 del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios
Civiles del Estado.
Duodécimo.

Vicesecretaría General Técnica.

Se delega, en la persona titular de la Vicesecretaría General Técnica, el
reconocimiento de la obligación y la autorización de pagos en relación con el sistema de
anticipo de caja fija de la Caja pagadora del Centro de Publicaciones del Ministerio, con
cargo a los créditos previamente autorizados y en relación con los fondos librados a
justificar a favor de la misma caja.
Decimotercero.

Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública.

Se delega en la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de
Administración Pública la aprobación de las listas de admitidos y excluidos en los
procesos selectivos de Cuerpos y Escalas adscritos a la Secretaría de Estado de
Función Pública y de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter nacional, así como la resolución de los recursos de reposición interpuestos
contra dichas resoluciones.
Decimocuarto. Gabinetes de las Secretarías de Estado y Gabinetes técnicos de la
Subsecretaría, Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los
Servicios de Comunicación Audiovisual y Secretaría General de Administración
Digital.

1. El ejercicio de las competencias a que se refiere el apartado séptimo en relación
con los conductores dependientes de cada órgano, así como con el personal de las
delegaciones oficiales que presidan sus titulares.
2. La celebración de contratos menores para servicios y suministros, en su ámbito
material de funciones, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, así como el
reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de éstos.

cve: BOE-A-2024-10005
Verificable en https://www.boe.es

Se delega, en las personas titulares de los Gabinetes de las Secretarías de Estado y
de los Gabinetes técnicos de la Subsecretaría, de la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual y de la
Secretaría General de Administración Digital: