III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Becas. (BOE-A-2024-9923)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas, para el curso 2023/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56532
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
9923
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas,
para el curso 2023/2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 30 del texto refundido de la Ley sobre
Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 4/2000 de 23 de junio; en el artículo 130 del Reglamento General del
Mutualismo Administrativo, aprobado por el Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo (en
adelante, RGMA); y en las bases reguladoras vigentes, contenidas en el Real
Decreto 1190/1985, de 17 de julio, por el que se regula la promoción para estudios a
cargo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado; y a la vista del
crédito consignado en el subconcepto 482.00 (Acción Formativa) del Presupuesto de la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) para 2024, se
aprueba la presente resolución de convocatoria.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 del RGMA, que permite
el establecimiento de requisitos y condiciones mediante Resolución de la Dirección
General de MUFACE, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 28.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, respecto de la no exigencia de documentos originales. En
este sentido, considerando lo previsto en el artículo 14.3 de la citada Ley 39/2015, se
establece el canal electrónico como medio para la solicitud de estas becas.
I.
Objeto y modalidades de las ayudas
Esta convocatoria concreta la modalidad de beca de estudio dentro de las ayudas de
la Acción Formativa de MUFACE, así como las condiciones y requisitos específicos para
acceder a ella por parte de las personas mutualistas, determinando su cuantía.
En esta convocatoria la finalidad de estas ayudas consiste en posibilitar la promoción
social y cultural de las personas mutualistas, mediante aportaciones económicas con
cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE, en forma de becas de estudio para
mutualistas, destinadas a cubrir en parte el coste de la matrícula de estudios
universitarios.
II.
Incompatibilidades.
1.1 Las becas de estudio serán incompatibles, en el tramo que resulte coincidente,
con cualquier otra beca o ayuda concedida, con igual finalidad, mismo sujeto y hecho
causante, por organismos públicos o privados. Serán incompatibles por tanto con
cualquier ayuda recibida para realizar estudios en el curso académico 2023/2024.
1.2 Las becas de estudio tienen carácter subsidiario y, por tanto, serán
incompatibles con las ayudas de acción social existentes, en su caso, en los Planes de
Acción Social de las distintas Administraciones Públicas para 2023, cuando coincidan la
finalidad, el sujeto y el hecho causante de ambas y en el tramo de cuantía en que sean
concurrentes.
Ello implica que será condición imprescindible para solicitar la ayuda de MUFACE
haber pedido previamente y no obtenido la ayuda de acción social existente, en su caso,
cve: BOE-A-2024-9923
Verificable en https://www.boe.es
1.
Becas de estudio para mutualistas
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56532
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
9923
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas,
para el curso 2023/2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 30 del texto refundido de la Ley sobre
Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 4/2000 de 23 de junio; en el artículo 130 del Reglamento General del
Mutualismo Administrativo, aprobado por el Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo (en
adelante, RGMA); y en las bases reguladoras vigentes, contenidas en el Real
Decreto 1190/1985, de 17 de julio, por el que se regula la promoción para estudios a
cargo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado; y a la vista del
crédito consignado en el subconcepto 482.00 (Acción Formativa) del Presupuesto de la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) para 2024, se
aprueba la presente resolución de convocatoria.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 del RGMA, que permite
el establecimiento de requisitos y condiciones mediante Resolución de la Dirección
General de MUFACE, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 28.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, respecto de la no exigencia de documentos originales. En
este sentido, considerando lo previsto en el artículo 14.3 de la citada Ley 39/2015, se
establece el canal electrónico como medio para la solicitud de estas becas.
I.
Objeto y modalidades de las ayudas
Esta convocatoria concreta la modalidad de beca de estudio dentro de las ayudas de
la Acción Formativa de MUFACE, así como las condiciones y requisitos específicos para
acceder a ella por parte de las personas mutualistas, determinando su cuantía.
En esta convocatoria la finalidad de estas ayudas consiste en posibilitar la promoción
social y cultural de las personas mutualistas, mediante aportaciones económicas con
cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE, en forma de becas de estudio para
mutualistas, destinadas a cubrir en parte el coste de la matrícula de estudios
universitarios.
II.
Incompatibilidades.
1.1 Las becas de estudio serán incompatibles, en el tramo que resulte coincidente,
con cualquier otra beca o ayuda concedida, con igual finalidad, mismo sujeto y hecho
causante, por organismos públicos o privados. Serán incompatibles por tanto con
cualquier ayuda recibida para realizar estudios en el curso académico 2023/2024.
1.2 Las becas de estudio tienen carácter subsidiario y, por tanto, serán
incompatibles con las ayudas de acción social existentes, en su caso, en los Planes de
Acción Social de las distintas Administraciones Públicas para 2023, cuando coincidan la
finalidad, el sujeto y el hecho causante de ambas y en el tramo de cuantía en que sean
concurrentes.
Ello implica que será condición imprescindible para solicitar la ayuda de MUFACE
haber pedido previamente y no obtenido la ayuda de acción social existente, en su caso,
cve: BOE-A-2024-9923
Verificable en https://www.boe.es
1.
Becas de estudio para mutualistas