III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Real Federación Española de Natación. Estatutos. (BOE-A-2024-9904)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Natación.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Jueves 16 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56387

g) Procedimiento de resolución de conflictos y reclamaciones, que habrán de
solventarse sin dilación.
h) Posibilidad de recursos electorales.
i) Composición, competencia, funcionamiento y ubicación de las Mesas Electorales.
j) Elección de la Presidencia RFEN Aquatics.
k) Composición de la Comisión Delegada de la Asamblea y su modo de elección.
l) Voto por correo para la elección de miembros de la Asamblea General.
m) Sistema de sustitución de bajas o vacantes en los estamentos que componen la
Asamblea General y la Comisión Delegada.
3. Tanto la Presidencia de RFEN Aquatics como los miembros de la Comisión
Delegada serán elegidos en la primera reunión de la nueva Asamblea General.
4. Los días en que tengan lugar las elecciones a miembros de la Asamblea General
y a la Presidencia, no coincidirán con competiciones o actividades oficiales de carácter
estatal o internacional que se celebren en España.
CAPÍTULO 3
Órganos complementarios necesarios
Sección 1.ª

Vicepresidencias RFEN Aquatics

Artículo 47. Vicepresidencias RFEN Aquatics.
1. RFEN Aquatics contará con las Vicepresidencias que se estimen
organizativamente necesarias, siendo, al menos, una de ellas miembro de la Asamblea
General.
2. La Presidencia de RFEN Aquatics podrá nombrar además una Vicepresidencia
Ejecutiva.
3. Serán nombradas y cesadas libremente por la persona que ocupe la Presidencia
de RFEN Aquatics dando cuenta a la Asamblea General.
4. Las personas que ocupen las Vicepresidencias deberán reunir y cumplir los
requisitos y obligaciones establecidos reglamentariamente para las personas que formen
parte de los órganos de RFEN Aquatics.
5. En caso de ausencia o imposibilidad temporal de la persona que ostenta la
presidencia RFEN Aquatics será sustituido conforme el criterio establecido en el
artículo 41 de los presentes Estatutos.
6. Las funciones de las Vicepresidencias son:
a) Colaborar con la persona que ejerza la Presidencia de RFEN Aquatics en la
dirección de RFEN Aquatics en los cometidos que se le encarguen.
b) Formar parte de la Comisión Ejecutiva y Junta Directiva de RFEN Aquatics.
Sección 2.ª Comisión Ejecutiva
Definición y composición.

1. La Comisión Ejecutiva de RFEN Aquatics es un órgano colegiado de gestión de
RFEN Aquatics cuya función principal es colaborar con la presidencia y la Junta Directiva
en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las que tiene asumidas con carácter
propio a fin de desconcentrar actuaciones y dotar de una mayor rapidez a la adopción de
otras.

cve: BOE-A-2024-9904
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 48.