III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Real Federación Española de Natación. Estatutos. (BOE-A-2024-9904)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Natación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56368
promoción o práctica de la mencionada modalidad deportiva o contribuyan a su
desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Artículo 3.
Personalidad jurídica.
RFEN Aquatics goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar
para el cumplimiento de sus fines y jurisdicción en los asuntos de su competencia,
rigiéndose por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, por las disposiciones de
desarrollo reglamentario de ésta, por los presentes Estatutos, por los Reglamentos
Federativos y por los acuerdos que se adopten válidamente por sus órganos.
Artículo 4. Afiliación y representación internacional.
1. RFEN Aquatics es miembro de pleno derecho de WAQ y EAQ, cuyos Estatutos y
normativas acepta y se obliga a cumplir.
2. RFEN Aquatics podrá solicitar su adhesión o baja a cualquier otra organización
internacional que considerare conveniente, previa aprobación por la Comisión Delegada
y autorización por el CSD, dando cuenta con carácter inmediato a la Asamblea General.
3. Dicha afiliación a estas federaciones deportivas internacionales obliga tanto a
RFEN Aquatics, como a los estamentos que la conforman, siendo extensible al
cumplimiento del régimen o reglas que establezca cada federación internacional a través
de sus estatutos, reglamentos y decisiones en todo cuanto afecte al orden técnico y a las
relaciones deportivas internacionales.
4. RFEN Aquatics reconoce la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS),
entre otros, para aquellas discrepancias que surjan entre RFEN Aquatics y WAQ y/o
EAQ, así como sus resoluciones cuando afecten a miembros que formen parte de RFEN
Aquatics y que se hubieran sometido voluntariamente a dicha jurisdicción.
Artículo 5.
Afiliación y representación nacional.
1. RFEN Aquatics, por disponer de pruebas incluidas dentro del programa olímpico,
forma parte del COE cuyas reglas y acuerdos acata.
2. RFEN Aquatics dispone de pruebas incluidas dentro del programa paralímpico,
por lo que se integrará en el CPE una vez se produzca la efectiva integración de las
modalidades deportivas acuáticas incluidas en las federaciones deportivas para
personas con discapacidad.
3. RFEN Aquatics está integrada como socio en la Asociación del Deporte Español
(ADESP).
Artículo 6. Domicilio social RFEN Aquatics.
CAPÍTULO 2
Competencias y funciones
Artículo 7.
Competencias RFEN Aquatics.
1. Son fines propios de RFEN Aquatics los de gobernar, administrar, gestionar,
promocionar, organizar y reglamentar los deportes acuáticos en sus especialidades:
natación, waterpolo, saltos, high diving, natación artística, aguas abiertas y masters en
cve: BOE-A-2024-9904
Verificable en https://www.boe.es
1. RFEN Aquatics tiene su domicilio en Madrid, calle Juan Esplandiu, 1.
2. Para trasladar este domicilio se precisará el acuerdo de la Asamblea General,
salvo que sea dentro del mismo término municipal en cuyo caso bastará con el acuerdo
de la Comisión Delegada.
3. RFEN Aquatics podrá disponer de otros locales, oficinas o instalaciones, para
atender sus necesidades y funcionamiento.
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56368
promoción o práctica de la mencionada modalidad deportiva o contribuyan a su
desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Artículo 3.
Personalidad jurídica.
RFEN Aquatics goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar
para el cumplimiento de sus fines y jurisdicción en los asuntos de su competencia,
rigiéndose por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, por las disposiciones de
desarrollo reglamentario de ésta, por los presentes Estatutos, por los Reglamentos
Federativos y por los acuerdos que se adopten válidamente por sus órganos.
Artículo 4. Afiliación y representación internacional.
1. RFEN Aquatics es miembro de pleno derecho de WAQ y EAQ, cuyos Estatutos y
normativas acepta y se obliga a cumplir.
2. RFEN Aquatics podrá solicitar su adhesión o baja a cualquier otra organización
internacional que considerare conveniente, previa aprobación por la Comisión Delegada
y autorización por el CSD, dando cuenta con carácter inmediato a la Asamblea General.
3. Dicha afiliación a estas federaciones deportivas internacionales obliga tanto a
RFEN Aquatics, como a los estamentos que la conforman, siendo extensible al
cumplimiento del régimen o reglas que establezca cada federación internacional a través
de sus estatutos, reglamentos y decisiones en todo cuanto afecte al orden técnico y a las
relaciones deportivas internacionales.
4. RFEN Aquatics reconoce la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS),
entre otros, para aquellas discrepancias que surjan entre RFEN Aquatics y WAQ y/o
EAQ, así como sus resoluciones cuando afecten a miembros que formen parte de RFEN
Aquatics y que se hubieran sometido voluntariamente a dicha jurisdicción.
Artículo 5.
Afiliación y representación nacional.
1. RFEN Aquatics, por disponer de pruebas incluidas dentro del programa olímpico,
forma parte del COE cuyas reglas y acuerdos acata.
2. RFEN Aquatics dispone de pruebas incluidas dentro del programa paralímpico,
por lo que se integrará en el CPE una vez se produzca la efectiva integración de las
modalidades deportivas acuáticas incluidas en las federaciones deportivas para
personas con discapacidad.
3. RFEN Aquatics está integrada como socio en la Asociación del Deporte Español
(ADESP).
Artículo 6. Domicilio social RFEN Aquatics.
CAPÍTULO 2
Competencias y funciones
Artículo 7.
Competencias RFEN Aquatics.
1. Son fines propios de RFEN Aquatics los de gobernar, administrar, gestionar,
promocionar, organizar y reglamentar los deportes acuáticos en sus especialidades:
natación, waterpolo, saltos, high diving, natación artística, aguas abiertas y masters en
cve: BOE-A-2024-9904
Verificable en https://www.boe.es
1. RFEN Aquatics tiene su domicilio en Madrid, calle Juan Esplandiu, 1.
2. Para trasladar este domicilio se precisará el acuerdo de la Asamblea General,
salvo que sea dentro del mismo término municipal en cuyo caso bastará con el acuerdo
de la Comisión Delegada.
3. RFEN Aquatics podrá disponer de otros locales, oficinas o instalaciones, para
atender sus necesidades y funcionamiento.