III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-9886)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Arévalo, por la que se suspende la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Jueves 16 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56066

de 4.434, 988, 914, 800, 369, 426, 790 metros cuadrados respectivamente, un
“industrial” de 44 metros cuadrados y un soportal de 84 metros cuadrados, acreditándose
mediante certificación catastral descriptiva y gráfica que se incorpora a la escritura junto
con la Sentencia número 1126 de 12 de diciembre de 1994 de la Sala I del Tribunal
Supremo, informe de levantamiento topográfico y copia testimoniada de la escritura de
ratificación otorgada en Madrid, el 11 de julio de 2023, ante don Miguel Yuste Rojas, con
el número 1977 de su protocolo.
Se acompaña instancia suscrita por don C. P. P., como administrador único de
Plumajes de Costa Rica, SL, por la que se solicita la inscripción de la referida escritura
de declaración de obra nueva.
II. En el día de la fecha, el documento a que se refiere el apartado anterior ha sido
calificado por el Registrador que suscribe, de conformidad con el artículo 18 de la Ley
Hipotecaria, en los siguientes términos.
Fundamentos de Derecho:
En el presente caso concurren las siguientes circunstancias que impiden la práctica
de los asientos solicitados:
Primero.
En el presente caso, hemos de partir analizando el contenido de los libros del
Registro:

– Accedió al registro en el año 1967 por adjudicación a don A. T. M. y doña E. E. A.
con carácter ganancial por título de concentración parcelaria, describiéndose inicialmente
como la parcela 336-1 del plano general de concentración parcelaria, de cuatro
hectáreas, setenta y nueve áreas y cincuenta y dos centiáreas comprendidas entre los
siguientes linderos: Norte, finca 336-2; Sur, finca excluida de A. T. M.; Este, zanja y
Oeste, camino (…)
– De esta finca, como consta al margen de su inscripción 1.ª, el día 2 de marzo
de 1970 se segregan 23.582,5 metros cuadrados para formar la 5.738 (finca sobre la que
constan inscritas unas obras, como más adelante se detallará), quedando el resto de
la 5.502 descritos como finca rústica con número 336-1-A del Plano con una extensión
superficial de 2 hectáreas, 43 áreas y 69 centiáreas y 85 decímetros cuadrados, lindando
al norte, sur, y este con la parcela segregada y al Oeste el camino (…)
– Por la inscripción 2.ª de fecha 18 de noviembre de 1988, se inscribe el pleno
dominio de la finca a favor de J. A., J. J. y L. C. G. G. por terceras partes indivisas por
título compra como consecuencia del embargo anotado con la letra A.
– Posteriormente, por la inscripción 3.ª de 28 de diciembre de 1996, la finca 5.502 se
inscribe a favor de don C. P. M. y de doña M. P. L. con carácter presuntivamente
ganancial por título de prescripción adquisitiva en virtud de la Sentencia de la Sala I del
Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 1994 junto con la correspondiente de la
Audiencia Provincial y Primera Instancia.
– Por último, por escritura otorgada el día 15 de marzo de 1999, ente el notario de
Madrid, don Andrés Sanz Tober que causó la inscripción 4.ª de 15 de junio del mismo
año, dichos señores venden el pleno dominio de la finca a Plumajes de Costa Rica, SL,
actual titular registral.
– Por la anotación letra C de 10 de octubre de 2018 se toma anotación de
conformidad con el artículo 42.9.º de la Ley Hipotecaria, por haberse iniciado el
procedimiento de rectificación de errores al haberse apreciado la posible existencia de
un error en los historiales registrales de las fincas 5.502, 5738 y 5843 de Sanchidrián
que consistiría en haber sido declaradas las obras nuevas consistentes en varias naves

cve: BOE-A-2024-9886
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En cuanto a la finca 5502 de Sanchidrián, sobre la que se declaran las obras en la
escritura que se califica, es destacar de su historial registral que: