III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-9797)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles III de Barcelona a inscribir un acuerdo de nombramiento de auditor de cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 55441

de febrero de 2010, de 18 de marzo de 2014, de 18 de mayo y 2 de septiembre de 2016,
de 11 de junio y 20 de diciembre de 2018 y 20 de febrero, 8 de mayo y 23 de julio
de 2019, y Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
de 10 de junio de 2020, 9 de mayo y 7 de junio de 2022).
2. Consta vigente en el Libro Diario 1398 el asiento 1579, relativo a nombramiento
de auditores; en consecuencia, no podrá practicarse la inscripción de la presente
escritura, mientras dicho asiento continué vigente. (Art. 10 del Reglamento de Registro
Mercantil).
Los defectos consignados tienen carácter subsanable.
– Se advierte que, conforme al artículo 378 del Reglamento del Registro Mercantil,
de no inscribirse el documento calificado durante la vigencia de su asiento de
presentación, deberán depositarse simultáneamente las cuentas anuales de la sociedad
correspondientes al ejercicio 2022.
Contra la presente calificación (…)
Barcelona, a 15 de enero de 2024.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don C. M. L., abogado, en nombre y
representación de la sociedad «Tienemiga, SL», interpuso recurso el día 15 de febrero
de 2024 mediante escrito en los siguientes términos:
«Hechos.
Primero. Se deniega la inscripción del nombramiento de auditor por parte de los
socios de la compañía, por los siguientes defectos subsanables:
1. Hallarse cerrada la hoja registral por falta de depósito de las cuentas anuales
(2020 y 2021).
2. Constan expedientes de nombramiento de auditor en el registro mercantil.
Antecedentes.

La empresa Tienemiga, SL ya había decidido en Junta de Socios la aprobación de
cuentas anuales de 2022 y contratación de auditor interno para el ejercicio 2023. Se
presentó anteriormente ante Registro mercantil la escritura de acta de junta de socios
celebrada en marzo de 2023, aprobando cuentas anuales de 2020 y 2021 + nombramiento
de auditor para ejercicio 2022.
En la junta de 7 de noviembre de 2023, consta el nombramiento del auditor
para 2023 que coincide con el nombrado para los ejercicios 2020, 2021 y 2022
(expedientes registrales que se hallan judicializados).
La calificación negativa se limita a dejar constancia del cierre de la hoja registral ya
que no constan constituidos los depósitos anuales de las cuentas correspondientes a los
ejercicios 2020 y 2021.
Pues bien, resulta que dichos depósitos no se han podido consituir [sic] por no haber
finalizado los expedientes de nombramiento de auditor (ejercicios 2020, 2021 y 2022). Y
la empresa se halla inmersa en un sistema registral al que no puede adaptarse por la
resolución de varios expedientes iniciados por un socio que ha sido expulsado sin que
conste sentencia firme que confirme tal situación.
Tercero. Procesos judiciales pendientes contra calificaciones negativas anteriores y
expulsión de socio.
La empresa tiene interpuesta demanda de juicio verbal contra resoluciones de la
DGFPYSJ que confirman calificaciones negativas de inscripción de nombramiento de

cve: BOE-A-2024-9797
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Segundo.