T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-9845)
Pleno. Sentencia 62/2024, de 10 de abril de 2024. Recurso de amparo 3476-2020. Promovido por don Joaquim Torra i Pla en relación con el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que denegó la suspensión de la apreciación de una causa sobrevenida de inelegibilidad y la consiguiente pérdida de la credencial como diputado electo del Parlamento de Cataluña. Alegada vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (tutela cautelar y resolución fundada en Derecho), de participación y representación política y a la presunción de inocencia, en conexión con las libertades de pensamiento, expresión y reunión: extinción del proceso de amparo por pérdida sobrevenida de objeto.
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Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

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hicieron inviable garantizar el pleno ejercicio de los derechos al ejercicio del cargo
representativo y a la presunción de inocencia cuya tutela cautelar se pretendía, en tanto
que identificada con conservar la condición de diputado autonómico, ya que supuso la
pérdida definitiva de dicha condición. La finalidad del proceso cautelar de asegurar los
efectos de un pronunciamiento estimatorio de las propias pretensiones desapareció y,
con ello, el objeto del amparo relativo a la tutela cautelar aun cuando la pretensión del
demandante no se ha visto satisfecha por otra vía. Lo determinante es, de un lado, que
la medida de suspensión de la ejecución del acuerdo de la Junta Electoral Central de 3
de enero de 2020 solicitada se proyectaba sobre una resolución ya sin eficacia. Y, de
otro lado y en todo caso, que esa medida no podía evitar el perjuicio aducido para
defender su pertinencia, identificado con la afectación a los derechos reconocidos en los
arts. 23 y 24.2 CE por haber sido privado del cargo de diputado con base en una
sentencia penal no firme, ya que la pérdida de dicho cargo se produjo de forma definitiva
al alcanzar firmeza la sentencia condenatoria penal. En tales circunstancias, decae la
finalidad constitucionalmente protegida de la tutela cautelar de asegurar la efectividad del
pronunciamiento futuro del órgano judicial relativo a los derechos e intereses legítimos
llevados ante los jueces y tribunales en el proceso principal.
En suma, en este procedimiento, por su particular contenido iusfundamental (tutela
judicial cautelar) y por la confluencia de una resolución penal ajena al proceso
contencioso administrativo de instancia, pero impeditiva de dicha tutela, el Tribunal
aprecia la pérdida sobrevenida de objeto y, con ello, la extinción del presente recurso de
amparo.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido declarar la extinción del
recurso de amparo interpuesto por don Joaquim Torra i Pla por pérdida sobrevenida de
objeto.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-9845
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Dada en Madrid, a diez de abril de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Ricardo Enríquez Sancho.–María Luisa
Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción
Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano Astaburuaga.–César Tolosa Tribiño.–Juan
Carlos Campo Moreno.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X