III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-9678)
Resolución de 7 de mayo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Auditorio de Galicia, para la organización conjunta del Encuentro II/2024 y cinco conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España en Santiago de Compostela.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

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Se trata de un gasto ya fiscalizado por ser objeto de contrato unificado, y supone un
impacto económico que se estima en un máximo de seis mil quinientos euros (6.500,00 €)
IVA incluido, del ejercicio 2024.
Auditorio de Galicia.

Por su parte, el Auditorio de Galicia se compromete a encargarse de la correcta
organización de los espacios para el Encuentro II/2024 y los cinco conciertos de la
JONDE, a celebrar dentro del segundo trimestre de 2024, dentro de las Xornadas de
Música Contemporánea.
Asimismo, se compromete a la puesta a disposición gratuita de sus salas e
instalaciones, con toda su dotación necesaria, para los ensayos y los cinco conciertos a
celebrar durante el Encuentro II/2024. La valoración de esta aportación se cuantifica en
un importe máximo de setenta mil euros (70.000,00 €) IVA incluido. Las fechas para esta
disposición gratuita de los espacios se concretarán por acuerdo de la comisión de
seguimiento prevista en la cláusula sexta dentro del segundo trimestre del 2024.
El Auditorio de Galicia proporcionará durante los días de cesión de uso de sus salas
e instalaciones el personal técnico necesario de mantenimiento, así como la
acomodación, portería, taquilla, limpieza y seguridad, carga y descarga y montaje de
escenario. En este sentido, el personal de carga y descarga, al igual que cualquier otro
gasto derivado de la celebración de los conciertos, será detallado en el anexo del
presente convenio. El coste de dichos gastos se cuantifica en una cantidad máxima de
cinco mil euros (5.000,00 €) IVA incluido.
El Auditorio de Galicia también proporcionará a la JONDE los accesorios e
instrumental extra necesarios para la realización de los conciertos que, en su caso, se
relacionen en el anexo de este convenio.
El Auditorio de Galicia se hará cargo del pago de los Derechos de Autor que se
deriven de la comunicación pública que correspondan a la Sociedad General de Autores,
así como todos aquellos que afecten a derechos de propiedad intelectual para cualquier
explotación de los conciertos.
El Auditorio de Galicia se hará cargo de la publicidad, diseño e impresión de los
programas de mano y cartelería, comunicación con los medios, grabación y fotografía,
así como cualquier otro gasto relacionado con estos conceptos, cuyo coste se cuantifica
en un importe máximo de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.
El Auditorio de Galicia declara haber suscrito los seguros necesarios para la
cobertura de los riesgos relativos a las representaciones del espectáculo en su aforo.
Será responsabilidad del Auditorio los daños y/o pérdidas de los materiales
pertenecientes a la JONDE necesarios para dichas representaciones, tanto en su
transporte como durante la estancia en los espacios del Auditorio, asegurándose la
obtención de los correspondientes seguros.
El Auditorio de Galicia se hará cargo del importe del alojamiento de 15 habitaciones
en AD para los miembros del equipo artístico de la JONDE, por un importe máximo de
veinte mil euros (20.000,00 €) IVA incluido. El espacio hotelero será de categoría 4
estrellas o superior y será definido con antelación al comienzo del Encuentro, por
acuerdo de las partes en la comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta.
Asimismo, el Auditorio de Galicia se compromete a reservar 40 entradas gratuitas
para cada uno conciertos de la JONDE.
De los anteriores compromisos, la estimación económica de los gastos asumidos por
el Auditorio de Galicia sometida a fiscalización previa (diseño de imagen, maquetación
de folleto y programas de mano, impresión de materiales y alojamiento de los miembros
del equipo artístico de la JONDE) se cuantifica en un importe máximo de veinticinco mil
euros (25.000,00 €) IVA incluido, correspondiente al ejercicio 2024.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.

cve: BOE-A-2024-9678
Verificable en https://www.boe.es

b.