III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-9674)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Centro Español de Metrología, para el impulso y desarrollo de las tecnologías de la información y para la mejora de la eficiencia de los procesos de gestión y prestación de los servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54958

información existentes en el Organismo, la contratación administrativa que deberá
realizarse en cada una de sus fases de acuerdo con los criterios y metodología de
Departamento, el control y supervisión de la ejecución de los contratos y el apoyo para
lograr la colaboración entre las partes con la finalidad de mejorar los sistemas de
tecnologías de la información y de las comunicaciones del Organismo.
Segunda.

Actuaciones de la Subsecretaría.

La Subsecretaría de Industria y Turismo prestará al CEM, a través de la SGTIC, los
siguientes servicios:
1. Apoyo al diseño de un plan estratégico anual y su concreción en expedientes de
contratación.
2. Interlocución con la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio
de Transformación Digital y Función Pública.
3. Apoyo en materia de atención a usuarios y mantenimiento microinformático en
tanto en cuanto se consolide la configuración del software microinformático.
4. Servicios de explotación de sistemas, comunicaciones e infraestructuras.
i.
ii.
iii.
iv.
v.

Correo electrónico.
Acceso remoto securizado a la red corporativa.
Red informática de usuarios y de Centro de Datos.
Centro de Datos como infraestructura de servicio a las aplicaciones.
Gestión de servicios en nubes públicas.

5. Servicios de ciberseguridad y respuesta a incidentes.
6. Servicios de gestión de proyectos de evolución tecnológica.
A efectos de la puesta en marcha y funcionamiento de los servicios enumerados, se
llevará a cabo un plan de consolidación para que la SGTIC proceda a su prestación en
las mismas condiciones de funcionamiento del Ministerio.
Tercera.

Actuaciones del CEM.

1. Ejercer la responsabilidad sobre los objetivos que se marquen en el contexto de
sus funciones en el impulso y desarrollo a la aplicación de las tecnologías de la
información para la mejora de la eficiencia de los procesos de gestión y prestación de los
servicios que realiza el CEM.
2. Realizar la tramitación contable de los nuevos contratos que deban celebrarse
para la prestación de los distintos suministros y servicios una vez que este convenio
tenga eficacia.
3. Aportar el mismo presupuesto que se ha destinado en los últimos años a la
prestación de servicio de los sistemas de tecnologías de la información y de las
comunicaciones, no obstante, los créditos le seguirán perteneciendo. Singularmente,
para abordar proyectos concretos de migración o de evolución tecnológica y funcional, la
SGTIC podrá solicitar al CEM la puesta a disposición de créditos adicionales para
financiar dichos proyectos.
4. En CEM habilitará los canales de comunicación entre el personal que
actualmente presta el servicio TIC del CEM y la SGTIC para la persecución de los
objetivos del presente convenio.
Cuarta.

Contratos cofinanciados.

Para dar cumplimiento a las actuaciones descritas en las cláusulas segunda y
tercera, se tramitarán contratos cofinanciados entre la Subsecretaría y el CEM, con la

cve: BOE-A-2024-9674
Verificable en https://www.boe.es

Se atribuyen al CEM las siguientes funciones: