III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-9672)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Air Nostrum Engineering and Maintenance Operations, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9672

Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Air Nostrum Engineering
and Maintenance Operations, SLU.

Visto el texto del I Convenio colectivo de la empresa Air Nostrum Engineering and
Maintenance Operations, SLU (código de Convenio 90104642012024), que fue suscrito
en fecha 4 de abril de 2023, de una parte, por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra, por la sección sindical USO, en
representación de los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado
mediante Acta de 10 de abril de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del mencionado convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO COLECTIVO ENTRE AIR NOSTRUM ENGINEERING
AND MAINTENANCE OPERATIONS, SLU, Y SU PLANTILLA

El presente convenio colectivo es fruto de la negociación llevada a cabo entre la
representación de los trabajadores/as y la representación empresarial.
Ambas partes se han puesto de acuerdo en aplicar a la empresa los Convenios
Sectoriales del Metal, tanto nacional como provinciales, a partir del 1 de enero del 2023,
siendo este convenio complementario de estos.
El presente acuerdo es fruto de los esfuerzos y cesiones mutuos de ambas partes, lo
cual ha permitido alcanzar un equilibrio que se plasma en el contenido del presente
documento.
I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza convencional.
Las partes acuerdan que, desde la entrada en vigor del presente convenio, es decir,
desde el 1 de enero de 2023, serán de aplicación los Convenios Sectoriales del Metal,

cve: BOE-A-2024-9672
Verificable en https://www.boe.es

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS