III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Convenios. (BOE-A-2024-9689)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con el Banco de España, para la puesta a disposición a investigadores de los microdatos disponibles en la CNMC a través de la infraestructura segura del laboratorio de datos del Banco de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de mayo de 2024

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los mercados y sectores productivos, en beneficio de los consumidores y usuarios. La
CNMC tiene asignadas una serie de funciones algunas de carácter más general respecto
de todos los mercados y sectores productivos y otras más específicas relativas al control
y supervisión de determinados mercados. Así, para la realización de esta misión recaba
numerosos datos procedentes de los agentes que operan en los citados mercados y
sectores, parte de los cuales se difunden en formato accesible a través del portal de
datos abiertos CNMCData. Asimismo, la CNMC posee otros datos que se han recabado
para la elaboración de estudios, informes y estadísticas, bases de datos de contratación
pública o los microdatos de las encuestas que realiza o que contrata que no se
encuentran a disposición pública debido a restricciones sobre su uso.
2. Dentro de las funciones que tiene encomendadas el Banco de España, la
Dirección General de Economía y Estadística del Banco de España se encarga de llevar
a cabo estudios e investigaciones en materia económica y financiera en el ámbito de la
economía española, europea e internacional, elaborar, analizar y difundir las estadísticas
encomendadas al Banco de España, así como elaborar y difundir informes y
publicaciones en las áreas de su competencia.
Por otro lado, con el objetivo de que la comunidad investigadora disponga de un
mayor acceso a microdatos de alta calidad, en un entorno controlado que garantice el
tratamiento confidencial de los datos, se creó el Laboratorio de datos (en adelante
BELab) del Banco de España en el seno de la citada Dirección General del Banco de
España. Los datos que se ofrecen en BELab provienen de múltiples fuentes de
información, tanto internas como externas, según cual sea la base de datos difundida.
3. El acceso a datos con mayor desagregación (sectorial, territorial, etc.) se revela
necesaria para la realización de investigaciones de interés nacional, sobre las que se
elaboren estudios y políticas económicas y sociales, siendo un vector necesario para el
desarrollo económico de las naciones. La CNMC interesa poner a disposición de la
comunidad investigadora, en general, y de los investigadores del Banco de España, en
particular, conjuntos de datos que ha recabado de distintos agentes para la elaboración
de estudios, bases de datos de contratación pública o microdatos de encuestas que
realiza y que pueden resultar de gran interés para la investigación y el análisis de los
distintos sectores y mercados que están bajo su ámbito de actuación, con las debidas
garantías respecto al tratamiento y protección de los datos.
4. Para ello es necesario contar con una infraestructura que permita el acceso de la
información a los investigadores, y al mismo tiempo, garantice la seguridad y
confidencialidad en el tratamiento de la misma. La CNMC considera que el BELab reúne
esos requisitos de acuerdo con los principios de colaboración entre Administraciones,
sobre reutilización de sistemas y aplicaciones propiedad de la Administración y de
incorporación de los ciudadanos a la Sociedad de la información, contemplados en el
artículo 157 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De este modo BELab puede servir de plataforma para facilitar el acceso a investigadores
a los datos no públicos que obran en poder de la Comisión y son susceptibles de ser
puestos a su disposición previa evaluación del objeto de las investigación y
correspondiente autorización por parte de la CNMC.
5. Por su parte, el Banco de España quiere seguir potenciando el uso de su BELab
incorporando nuevos conjuntos de datos que puedan resultar de interés para la
realización de investigaciones académicas de interés público.
6. A la vista de lo anteriormente expuesto, la CNMC y el Banco de España
acuerdan celebrar el presente convenio, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Con carácter previo a la suscripción del
convenio, se ha elaborado la oportuna memoria justificativa, en la que se analiza la
necesidad y oportunidad del convenio y el carácter no contractual de la actividad que
constituye su objeto, así como el cumplimento del resto de requisitos determinados por la
Ley 40/2015. El convenio se regirá por las siguientes

cve: BOE-A-2024-9689
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Núm. 117