III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-9662)
Resolución 420/38167/2024, de 8 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar, para la realización de diversas actividades durante el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54866

Por parte del Ministerio de Defensa se emitirán certificaciones de conformidad para
acreditar la correcta ejecución del objeto y de las actividades previstas.
Cuarta.

Procedimiento de justificación del gasto.

La Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar remitirá al Ministerio de
Defensa un expediente del gasto, la semana siguiente a la finalización del periodo de
vigencia del convenio.
Todas las actividades se realizarán durante el periodo de vigencia del presente convenio.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:

Forma de presentación del expediente: el expediente del gasto se presentará
electrónicamente, conforme establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a
través del sistema de Gestión Integrada de Servicios de Registro existente en los
registros de los organismos pertenecientes a la Administración General del Estado, no
siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de las
Administraciones Públicas.
Tramitación del expediente por el Ministerio de Defensa: tras ser recibido en la
Secretaría General de Política de Defensa el expediente del gasto, la Secretaría General de
Política de Defensa elaborará una certificación de conformidad del Ministerio de Defensa
con la realización de la actividad objeto del convenio.
Dicha certificación, junto con el expediente del gasto, será remitido a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
Prohibición de pagos anticipados: conforme a lo establecido en el artículo 21.3 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en el ámbito de la Hacienda
Pública estatal, no podrá efectuarse el desembolso anticipado de las aportaciones

cve: BOE-A-2024-9662
Verificable en https://www.boe.es

1. Documentos justificativos del gasto: tickets y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento por el
que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012,
de 30 de noviembre).
En cualquier caso, las justificaciones del gasto deberán tener entrada en la
Secretaría General de Política de Defensa la semana siguiente a la finalización del
periodo de vigencia del presente convenio, el 15 de noviembre del 2024.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad deberán
ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros Electrónicos
de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Memoria económica: en ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la
aportación económica del Ministerio de Defensa y, por la Asociación Retógenes Amigos
de la Historia Militar.
Incorporarán por el Ministerio de Defensa y por la Asociación Retógenes Amigos de la
Historia Militar, los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto y del
pago, que se presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden
marcado en la memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
3. Memoria de la actividad: asimismo, tras finalizar las citadas actividades, la
Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar remitirá a la Secretaría General de
Política de Defensa una memoria de la actividad donde se incluirán los dosieres gráficos,
carteles, trípticos que integren o se deriven de las actividades realizadas.