II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9641)
Orden PJC/442/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 54581

(modelo 790), que estará disponible en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas
(IPS) del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/
empleoPublico/ips.html), de acuerdo con las instrucciones que se indican.
No obstante, lo anterior si una incidencia técnica debidamente acreditada
imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, impidiendo con ello la
presentación electrónica de la solicitud y su pago por medios electrónicos, el órgano
convocante podrá acordar de manera extraordinaria la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes. En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica
durante el proceso de inscripción, los participantes deberán dirigirse al teléfono 060 o
rellenar el formulario de consultas/incidencias disponibles en la siguiente dirección:
https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
5.2 La persona aspirante que solicite presentarse al proceso selectivo deberá
disponer de un certificado digital válido de persona física (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en https://www.dnielectronico.es/).
Los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos para realizar la
inscripción serán los que determine el servicio de IPS en cada momento.
5.3 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.4 La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos-Pruebas Selectivas del Punto
de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html),
mediante el uso del mismo formulario 790 mencionado en la base 5.1 anterior y de acuerdo
con las instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa del
derecho a la reducción o exención.
5.5 Tasa de derechos de examen.
El importe de la tasa por derechos de examen será 11,66 euros (5,83 euros en el
caso de derecho a reducción del 50 por ciento).
Exención o reducción de tasas. Estarán exentos del pago de tasas:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
La condición de discapacidad podrá verificarse, siempre que la persona solicitante no
se oponga, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción
en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha
de publicación de esta convocatoria.
En cuanto a la situación de demandante de empleo se verificará por el órgano gestor
mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, salvo que la persona
interesada se haya opuesto en su solicitud a su verificación por la Administración. En
caso de ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de datos, la persona interesada
deberá solicitar en la oficina de servicios públicos de empleo la certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, en la que conste que cumple con los requisitos
señalados, y deberá presentar anexa a la solicitud la citada certificación.

cve: BOE-A-2024-9641
Verificable en https://www.boe.es

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