III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-9611)
Resolución de 7 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras demencias en Salamanca y la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Lunes 13 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54436

CLÁUSULAS
Primera. Modificación.
La cláusula cuarta del convenio queda redactada de la siguiente forma:
«Cuarta. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que
están cursando las prácticas académicas formativas corresponderá al centro
educativo Universidad Internacional de La Rioja, de conformidad con lo previsto en
el apartado 4.b) de la nueva disposición adicional quincuagésima segunda del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida a través del Real
Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones.»
Segunda.

Prórroga.

A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por
un período de cuatro años adicionales a la vigencia del mismo.
Tercera.

Obligaciones de las partes.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio. Las obligaciones asumidas
entre las partes se entenderán vigentes hasta la finalización del plazo de duración del
convenio.
Cuarta.

Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación y prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha
de formalización del presente documento la fecha del último firmante (29 de abril
de 2024).–Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María
Teresa Sancho Castiello.–Por la Universidad Internacional de La Rioja, la responsable
del Área de Prácticas, Laura Arranz Mateo.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-9611
Verificable en https://www.boe.es

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.