I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales. (BOE-A-2024-9391)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 23 de abril de 2024, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 52849

c)

Las cuotas de arrendamientos y subarrendamientos operativos reconocidas como gastos e ingresos del ejercicio, diferenciando entre: importes de los pagos mínimos por arrendamiento, cuotas contingentes y cuotas de subarrendamiento.

d)

Una descripción general de los acuerdos significativos de arrendamiento, donde se informará de:
− Las bases para la determinación de cualquier cuota de carácter contingente que se haya pactado.
− La existencia y, en su caso, los plazos de renovación de los contratos, así como de las opciones de compra y las cláusulas
de actualización o escalonamiento de precios, y
− Las restricciones impuestas al arrendatario en virtud de los contratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la
distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento.

16.

INSTRUMENTOS FINANCIEROS

16.1.

Consideraciones generales y objetivo

La información requerida en los apartados siguientes será de aplicación a los instrumentos financieros incluidos en el alcance de la
norma de registro y valoración novena del Plan General de Contabilidad.
El objetivo de esta nota es requerir a la entidad que, en sus cuentas anuales consolidadas, incluya información que permita a los
usuarios evaluar:
a)

La relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y los resultados del grupo, y

b)

La naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de los instrumentos financieros a los que las sociedades del perímetro de la
consolidación se hayan expuesto durante el período sobre el que se informa y a los que la entidad esté expuesta al cierre del
ejercicio, así como la forma de gestionar dichos riesgos.

A los efectos de su presentación en la memoria, cierta información se deberá suministrar por clases de instrumentos financieros. Estas se definirán tomando en consideración la naturaleza de los instrumentos financieros y las categorías establecidas en la norma de
registro y valoración novena del Plan General de Contabilidad. Se deberá informar sobre las clases definidas por la entidad.
16.2.
16.2.1.
a)

Información sobre la relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y en los resultados del grupo
Información relacionada con el balance consolidado

Categorías de activos financieros y pasivos financieros

Se revelará el valor en libros de cada una de las categorías de activos financieros y pasivos financieros señalados en la norma de registro y valoración novena del Plan General de Contabilidad, de acuerdo con la siguiente estructura.
a.1) Activos financieros
CLASES

INSTRUMENTOS FINANCIEROS A LARGO PLAZO
INSTRUMENTOS
DE PATRIMONIO

CATEGORÍAS

Ej x

Ej x-1

VALORES
REPRESENTATIVOS DE DEUDA

Ej x

Ej x-1

CRÉDITOS
DERIVADOS
OTROS

Ej x

Ej x-1

INSTRUMENTOS FINANCIEROS A CORTO PLAZO
INSTRUMENTOS
DE PATRIMONIO

Ej x

Ej x-1

VALORES
REPRESENTATIVOS DE DEUDA

Ej x

Ej x-1

CRÉDITOS
DERIVADOS
OTROS

Ej x

Ej x-1

TOTAL

Ej x

Ej x-1

Activos a valor razonable con
cambios en pérdidas y ganancias
– Cartera de negociación
– Designados
– Otros
Activos financieros a coste
amortizado

Activos a valor razonable con
cambios en el patrimonio neto
Derivados de cobertura
Total

cve: BOE-A-2024-9391
Verificable en https://www.boe.es

Activos financieros a coste