III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9453)
Resolución de 5 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y el Instituto Geográfico Nacional, para el establecimiento, puesta en servicio y explotación de la conexión del Centro Sismológico de la Red Sísmica Nacional en Sonseca (Toledo) a la red de fibra óptica de Rediris.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

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Tercero.
Que debido al tiempo transcurrido entre la entrada en vigor del convenio (25 de
noviembre de 2021) y el inicio real de la ejecución de las actuaciones previstas en el
mismo, algunas de ellas has sufrido variaciones como el valor de mercado de los
componentes electrónicos. En concreto, las infraestructuras de fibra óptica disponibles
para acometer la conexión, donde, pasado este tiempo, no se descarta que ahora
pudiera ser necesario realizar alguna renovación o trabajo de adecuación que no estaba
previsto en la fecha que se diseñó la actuación.
Como consecuencia de esta necesaria adaptación a las condiciones de mercado
actuales, se hace necesario realizar una revisión del presupuesto inicial, hasta un importe
adicional de 70.350,00 (Impuestos indirectos aplicables incluidos), incrementando el
presupuesto inicial de Red.es de 199.650 euros hasta 270.000 euros.
Cuarto.
Que durante la tramitación del Convenio aún no se habían articulado el conjunto de
instrucciones para la gestión de los fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) que están recogidas en el Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de
febrero de 2021 y en la orden Ministerial HFP/1030/2021, de 29 de septiembre de 2021 y
por ello la cláusula séptima del Convenio relativa al Mecanismo de Resiliencia y
Recuperación no recogía el total de las obligaciones aplicables a las partes en este
sentido.
Quinto.
Que en la cláusula novena se establece que el convenio podrá modificarse por
mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su
objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.
Sexto.
Que la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control del Convenio, reunida
conformidad con lo previsto en la cláusula sexta del mismo, en su sesión de 27
septiembre de 2023, acordó iniciar los trámites de autorización de una adenda
modificación de la cláusula cuarta para incrementar el presupuesto del convenio,
forma que se pueda financiar el cambio en las actuaciones previstas.

de
de
de
de

En virtud de lo señalado anteriormente, las Partes acuerdan subscribir la presente
Adenda al Convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS

Se modifica la cláusula cuarta del convenio, relativa a la financiación y ejecución del
proyecto en concreto en lo que se refiere al incremento del presupuesto inicial debido al
cambio en las condiciones de mercado que han acontecido desde la formalización del
convenio, como el valor de mercado de los componentes electrónicos, así como la
posible renovación de infraestructuras de fibra óptica disponibles para acometer la
conexión.
Por tanto, el contenido de dicha cláusula pasa a ser el siguiente:
Las actuaciones ejecutadas por Red.es serán financiadas en su totalidad por la
Unión Europea-NextGeneration EU. Estas actuaciones serán elegibles dentro de la línea
de Inversión Universidad Digital que Red.es gestiona en el marco del Mecanismo de
Resiliencia y Recuperación (MRR), Componente «Modernización y Digitalización del

cve: BOE-A-2024-9453
Verificable en https://www.boe.es

Primera.