III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9432)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Cervantes, para la realización de las pruebas para la obtención de los «Diplomas de Español como lengua extranjera» en los programas de la acción educativa exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53681

6. Facilitar instalaciones para la realización de las pruebas, en función de su
disponibilidad y siempre que ello no interfiera en el normal funcionamiento de los centros.
Tercera.

Composición y designación de tribunales.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se encargará de la
propuesta de los tribunales de examen para la realización de las citadas pruebas para
los centros de los programas de la acción educativa exterior recogidos en la cláusula
primera, y para ello facilitará la participación del personal dependiente de su Consejería
de Educación en los países donde están ubicados los centros del Programa o aquellos
adscritos a algunos de los programas del ámbito de actuación de la Consejería, como
miembros de dichos tribunales. Asimismo, el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes correrá con los gastos que se deriven de la constitución de los
citados tribunales: gastos de desplazamiento, manutención y de participación, así como
otros gastos derivados de la realización de esta prueba.
La composición y designación de los tribunales para la realización de las pruebas a
que se refiere el presente documento se realizará de acuerdo con el Instituto Cervantes.
Los examinadores que se seleccionen para formar parte de los tribunales deberán
cumplir los siguientes requisitos, que establece el Instituto Cervantes:
1. Tener titulación universitaria superior.
2. Tener formación específica en enseñanza de español.
3. Tener experiencia en la enseñanza de español.
4. Los docentes de español no hispanohablantes además deberán tener un título
de Filología Hispánica o contar con un Diploma DELE C1 (para participar en los
tribunales DELE de niveles A y B) o un Diploma DELE C2 (para participar en los
tribunales DELE de nivel C1).
5. Haber superado el curso de acreditación de examinadores DELE
correspondiente al nivel del que va a examinar.
Cuarta. Formación de examinadores.
Con el fin de que los programas objeto de este convenio dispongan de examinadores
acreditados para formar parte de los tribunales, el Instituto Cervantes facilitará al
personal propuesto por la correspondiente oficina de Educación hasta un máximo de
ocho plazas gratuitas en total por país y año, en los siguientes cursos (presenciales o en
línea), en función de la disponibilidad del Instituto Cervantes y dentro de la vigencia de
este convenio:

A efectos de apoyar la disponibilidad de examinadores acreditados entre el personal
del MEFPD, y de gestionar más eficientemente el uso de las plazas gratuitas ya
mencionadas, el Instituto Cervantes organizará cursos ex profeso en fechas acordadas
por ambas instituciones, que permitan así ampliar el volumen de plazas disponibles. El
número de docentes de la acción educativa en el exterior, dependientes del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes, que se podrá acreditar anualmente, de
manera gratuita, no superará los 330.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, por su parte,
financiará cualesquiera otros gastos (diferentes de las matrículas) derivados de la
participación del personal dependiente de las Consejerías de Educación en los citados
cursos de acreditación como examinadores DELE.

cve: BOE-A-2024-9432
Verificable en https://www.boe.es

− Curso de acreditación de examinadores DELE A1-A2/B1 para escolares.
− Curso de acreditación de examinadores DELE B2/C1 para escolares (en
elaboración).
− Curso de acreditación de examinadores DELE B1-B2.
− Curso de acreditación de examinadores DELE C1-C2.