III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9439)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Hacienda y el Organismo Autónomo Local «Escola de Música de Sant Feliu de Guíxols», para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público «60 Aniversario del Festival Porta Ferrada».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53730

Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la ley
que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
regulará la creación de un consorcio o la designación de un órgano administrativo que se
encargue de la ejecución del programa y que certifique la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que necesariamente estarán
representadas las Administraciones Públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo
caso, el Ministerio de Hacienda, siendo necesario el voto favorable de la representación
de dicho Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones.
II. Que la disposición adicional sexagésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de 2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, otorga al
programa «60 aniversario del Festival Porta Ferrada» la consideración de acontecimiento
de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. Que el apartado tres de dicha disposición adicional señala que la «certificación
de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiendo en el
apartado cuatro de aquella que «El desarrollo y concreción en planes y programas de
actividades específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002».
IV. Que el apartado cinco de la mencionada disposición adicional, a su vez,
preceptúa que «Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002».
V. Que, finalmente, el apartado dos de la citada disposición adicional establece que
«La duración del programa del apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de
enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025».
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto la creación de la Comisión Interadministrativa
del acontecimiento de excepcional interés público «60 aniversario del Festival Porta
Ferrada», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional sexagésima
segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, en relación con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
En particular, la Comisión Interadministrativa será el órgano encargado del desarrollo
y concreción en planes y programas de las actividades de apoyo a la celebración del
acontecimiento de excepcional interés público «60 aniversario del Festival Porta
Ferrada», así como de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los
objetivos y planes del citado programa.
Para la emisión de dichas certificaciones será necesario, en todo caso, el voto
favorable del representante del Ministerio de Hacienda, según el artículo 27.2.b) in fine
de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-9439
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.