II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9354)
Resolución 452/38157/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 52530

2.2.1 Pruebas físicas. Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las
pruebas físicas que figuran en el apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada aspirante,
así como el lugar, la fecha y hora del inicio de la misma, debiendo aportar el modelo de
certificado médico oficial señalado en la base cuarta punto 1.3.
En las formas de ingreso por promoción, los militares profesionales podrán acreditar
la aptitud física mediante la presentación del correspondiente certificado de haber
superado las pruebas periódicas de evaluación física establecidas por la Orden
Ministerial 54/2014, de 11 de noviembre (BOD número 226, de 19 de noviembre). Dicha
acreditación se efectuará sólo para aquellas pruebas que por sus características sean
idénticas a las requeridas en este proceso, siempre que estén en vigor de acuerdo a las
instrucciones particulares de cada ejército y con una marca igual o mejor a las marcas
mínimas establecidas en esta convocatoria. El certificado deberá presentarse antes del
comienzo de la primera prueba física.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimosexta respecto a la protección de la
maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna circunstancia
debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que le impida realizar las
pruebas físicas en la fecha prevista, podrán solicitar del Presidente del Órgano de
Selección, antes de su inicio, su inclusión, por una sola vez, en alguna de las tandas de
incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá decidir, previa
deliberación, acceder a lo solicitado, incluyéndola en la tanda de incidencias para realizar
las pruebas físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, por cualquier causa no se presentara o no
terminara alguna de ellas, se considerará eliminada del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
El requisito específico del apartado 1.1.2.1.a) de la base segunda, se deberá verificar
durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del
Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de
selección.
Para el ingreso por promoción para cambio de Cuerpo con créditos superados
(2024096) las pruebas a realizar y las marcas a superar por las personas aspirantes en
el proceso de selección serán las siguientes:
1.º Cuando se tengan superados entre 120 y 179 ECTS de la titulación de
graduado/a o, en su caso, entre 160 y 249 créditos de la titulación de licenciado/a en
Medicina, las pruebas físicas a superar serán las que figuran en la columna A de la tabla
de marcas del apéndice 7.
2.º Cuando se tengan superados entre 180 y 239 ECTS de la titulación de
graduado/a o, en su caso, entre 250 y 339 créditos de la titulación de licenciado/a en
Medicina, las pruebas físicas a superar serán las que figuran en la columna B de la tabla
de marcas del apéndice 7.
3.º Cuando se tengan superados más de 240 ECTS de la titulación de graduado/a
o, en su caso, más de 340 créditos de la titulación de licenciado/a en Medicina, las
pruebas físicas a superar serán las que figuran en la columna C de la tabla de marcas
del apéndice 7.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.

cve: BOE-A-2024-9354
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Núm. 113