II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9353)
Resolución 452/38156/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
52 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024
1.3

Sec. II.B. Pág. 52463

Ejército del Aire y del Espacio

Sin exigencia de Titulación de Técnico Superior.
Especialidad fundamental

Título de Técnico Superior
(a cursar)

CDMF Código Vía (a) Vía (b) Vía (c) Total Total plazas

Cuerpo General
Mantenimiento Aeronáutico (MER).

Mantenimiento Aeromecánico de aviones con
motor de turbina.

430

9

9

4

22

Mantenimiento de Electrónica (ELC).

Mantenimiento de sistemas electrónicos y
aviónicos en aeronaves.

455

4

3

2

9

Administración (AYF).

Administración y finanzas.

437

1

1

0

2

Control Aéreo (CAE).

Sistemas de Telecomunicaciones e
informáticos.

426

4

3

1

8

Sistemas de Información,
Comunicaciones y Ciberdefensa
(CYB).

Sistemas de Telecomunicaciones e
informáticos.

465

1

0

0

1

Protección de la Fuerza y Apoyo a las
Operaciones (PAO).

Sistemas de Telecomunicaciones e
informáticos.

463

4

4

2

10

2.

ABA

52

Notas

2.1 Proceso de selección para ingreso con exigencia de Titulación de Técnico
Superior (TTS). Condiciones especificadas en la base segunda, apartado 1.2.2.
2.2 Proceso de selección para ingreso sin exigencia de Titulación de Técnico
Superior (TTS). Condiciones especificadas en la base segunda, apartado 1.2.1. Se
deberá optar por una de las tres vías de acceso establecidas por el artículo 115 del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, indicando la vía elegida en la solicitud de admisión –
(a), (b), o (c)–. La distribución de plazas será:
– Entre el 75 % y el 85 % de las plazas para las vías (a) y (b) no pudiendo ser el
porcentaje asignado a cada una de estas dos vías inferior al 45 % del total de las plazas
asignadas a ambas.
– Entre el 10 % y el 20 % para la vía de acceso (c).
2.3 Los alumnos nombrados para las plazas ofertadas para la Armada deberán
tramitar, una vez ingresados en el centro de formación, la Habilitación Personal de
Seguridad en Grado reservado, conforme a la NS/02 de la Autoridad Nacional de
Seguridad, de acuerdo a las instrucciones en vigor en la Armada.

1. En el proceso de selección para ingreso con exigencia de TTS las plazas no
cubiertas, salvo aquellas ofertadas para la potenciación de las capacidades de
ciberdefensa del MCCE, se acumularán al proceso de selección para el ingreso sin
exigencia de TTS a la misma especialidad fundamental y a la vía (a), (b) o (c) que
corresponda, según el apartado 2.2 del dispongo segundo, sin superar los máximos
establecidos en el punto 2.3.º de este dispongo tercero.

cve: BOE-A-2024-9353
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Normas de acumulación de plazas.