II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9353)
Resolución 452/38156/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 52484

necesarios para la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de
Gestión de Nómina del Personal del Ministerio de Defensa (MONPER), responsabilidad de
la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la
gestión y administración de la nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por ley u orden ministerial.
La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y normativa concordante ante la Subdirección General de Planificación
y Costes de Recursos Humanos, la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías o el Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Defensa, según
corresponda la responsabilidad de cada fichero, ubicados en el Ministerio de Defensa,
Paseo de la Castellana número 109, 28071, Madrid.
Podrá revocar el consentimiento otorgado, sin efectos retroactivos, cuando acredite
causa justificada, a través de solicitud por escrito ante la Subdirección General de
Planificación y Costes de Recursos Humanos o la Subdirección General de Servicios
Económicos y Pagadurías.
Decimocuarta. Bajas durante la fase de acogida, orientación y adaptación a la vida
militar.
La fase de acogida, orientación y adaptación a la vida militar se iniciará el día de
presentación de las personas propuestas como alumnos y alumnas en el centro docente
correspondiente y finalizará catorce (14) días después.
La no presentación, en la fecha señalada, en el centro docente militar de formación o
las bajas de alumnos, a petición propia, que puedan originarse durante este periodo,
podrán ser cubiertas al amparo del artículo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
por el procedimiento de reposición, atendiendo al orden de la relación complementaria a
que se hace referencia en la base duodécima, en las siguientes fechas:
a) El día 19 de agosto se procederá a cubrir las plazas del personal propuesto
como alumnos y alumnas que no hayan efectuado su presentación, sin causa justificada,
en el centro docente militar de formación correspondiente.
b) Hasta las 24 horas del día 1 de septiembre se procederá a cubrir, cuando se
produzcan, las plazas correspondientes a las bajas producidas durante la fase de
acogida, orientación y adaptación a la vida militar, fecha en la que finaliza la citada fase.
El ofrecimiento de las plazas así originadas se hará conforme al orden de la
calificación obtenida y la preferencia expresada entre aquellos que integran la relación
complementaria. Para agilizar el proceso de reposición, es necesario que las personas
solicitantes cumplimenten en la solicitud de admisión, un número de teléfono fijo o móvil
y una dirección de correo electrónico donde poder localizar de forma rápida al aspirante
a quien le pudiera corresponder una plaza como consecuencia de la renuncia de otro
aspirante. La aceptación o renuncia a la plaza ofertada deberá ser expresa e inmediata,
de modo que se establecerá contacto telefónico y se enviará a la persona interesada un
correo electrónico con el ofrecimiento de la plaza que corresponda; deberá expresar su
aceptación o renuncia y firmar electrónicamente, o en caso de no disponer firma
electrónica, imprimir y, de su puño y letra, expresar su aceptación o renuncia,
devolviendo dicho documento al origen por la misma vía. Si no fuera posible establecer
contacto telefónico, o el correo electrónico no fuese contestado en el plazo de 24 horas,
se considerará que renuncia a la citada plaza.

cve: BOE-A-2024-9353
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 113