II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9355)
Resolución 452/38155/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 52570

el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de
Ingeniería y Arquitectura. Además, los que se relacionan:






Física.
Matemáticas.
Matemáticas y Estadística.
Estadística.
Química.

b) Especialidad Fundamental Ciberespacio. Cualquiera de las titulaciones que
determina el artículo 1 a) 1.º iv Especialidad Fundamental Ciberespacio de la Orden
DEF/462/2022, de 20 de mayo.
Adscripción como militar de complemento:
a)

Especialidad Fundamental Ciberespacio.

Cualquiera de las titulaciones que determina el artículo 1.a).1.º iv Especialidad
Fundamental Ciberespacio de la Orden DEF/462/2022, de 20 de mayo.
Se podrá acceder también con dobles grados en los que, al menos uno de ellos,
corresponda con alguna de las titulaciones anteriores.
1.2.2.4 Cuerpo de la Guardia Civil. Aquellas titulaciones que se relacionan en el
apéndice 10 de esta convocatoria para cada uno de los grupos de plazas definidos en el
dispongo segundo, según se determina en el artículo 16 de la Orden PCM/286/2023,
de 23 de marzo.
Se podrá acceder también con dobles grados en los que, al menos uno de ellos,
corresponda con alguna de las titulaciones indicadas.
2. Comprobación de requisitos durante el proceso. Tras la admisión al proceso de
selección, si en el transcurso del mismo y hasta la fecha de presentación en el CDMF de
las personas propuestas para ingresar como alumnos y alumnas, se comprobara que
alguna persona carece o no reúne alguno de los requisitos exigidos en esta
convocatoria, el Órgano de Selección acordará su exclusión. Dicha persona perderá los
derechos de participación, quedando anuladas todas las actuaciones, así como los
derechos o expectativas derivados de su condición de aspirante o del hecho de haber
superado el proceso de selección.
Si dicha información se conociera una vez nombrados alumnos o alumnas durante el
desarrollo de su formación, será propuesta su baja como alumno o alumna por el
Director del CDMF correspondiente, con arreglo al procedimiento legalmente
establecido.
Tanto la exclusión del proceso de selección como la baja en el CDMF y pérdida de la
condición de alumno o alumna, lo serán sin perjuicio de las posibles responsabilidades
de otra índole en las que hubiera podido incurrir la persona interesada.
Plazo de presentación de la solicitud de admisión a los procesos de selección.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».
Cuarta.

Aportación de documentación.

1. Para participar en los procesos de selección de esta resolución se deberá
aportar la documentación que se relaciona en esta base en los plazos que se indica. En

cve: BOE-A-2024-9355
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.