II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9355)
Resolución 452/38155/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 52576

Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad/
PRESIDENTE DEL ÓRGANO DE SELECCIÓN OF CG CIM GC.
Los militares profesionales podrán remitir esta documentación a través de su UCO de
destino o dependencia.
2.3 Cuando no se disponga de los medios electrónicos adecuados, se podrá
realizar en las oficinas de asistencia en materia de registros relacionadas en la Orden
DEF/1292/2018, de 27 de noviembre, así como en las Oficinas Delegadas o Áreas de
Reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa. En este caso, se
procederá como se indica en el Apéndice 1, punto 2.1.
En el caso de los militares profesionales, los Jefes de Unidad de destino o
dependencia actuarán según lo establecido en el Apéndice 1, punto 2.2.
En todo caso, la presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2.4 Cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el
acceso a la página web, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
informará de esta circunstancia oportunamente a través de la dirección electrónica:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/. En este caso, la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar podrá determinar una ampliación de los
plazos no vencidos para presentación de la solicitud de admisión al proceso de
selección.
2.5 Alcanzada la fecha de incorporación en los CDMF, las direcciones SIMENDEF y
de correo electrónico del Órgano de Selección serán canceladas. A partir de dicho
momento, toda comunicación será dirigida a la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar o a la Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional
de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad, a través de las direcciones y
cuentas no vinculadas a los procesos de selección.
3. Las personas interesadas podrán solicitar la participación en más de un proceso
de selección, derivado de la aplicación del Real Decreto 464/2024, de 30 de abril. Si
todos los procesos en los que se tuviese intención de participar fuesen desarrollados por
el mismo Órgano de Selección, se remitirá una solicitud de admisión por cada proceso,
aportando una sola copia de la documentación común exigida. En el supuesto de que los
procesos de selección fuesen desarrollados por diferentes órganos de selección, se
deberá cursar toda la documentación que determine cada convocatoria (solicitud de
admisión y resto de documentos) de forma independiente.
4. Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación exigida
quedarán excluidos del proceso de selección y sus actuaciones quedarán anuladas.
5. Una vez iniciado el proceso de selección, las personas aspirantes podrán tener
contacto con el Órgano de Selección a través de la dirección de correo electrónico
cuerposgeneralesoficiales@mde.es. El contenido de los correos tiene una finalidad
informativa, careciendo de cualquier eficacia administrativa como argumento en
recursos, peticiones o reclamaciones.
Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar publicará -con efectos de notificación oficial- en la
página web de reclutamiento del Ministerio de Defensa (con acceso directo a través de la
dirección
electrónica:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/),
una
resolución que, con carácter provisional, incluirá:
1. Relación de personas admitidas.
2. Relación de personas excluidas condicionales y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión.
3. El lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba y, en su caso, el orden
de actuación de las personas aspirantes al que se refiere la base séptima.

cve: BOE-A-2024-9355
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.