III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-9374)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la gestión administrativa de las concesiones de explotación afectadas por el proyecto "Mina Muga".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

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atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen
y, al efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 1 de julio de 2021, las Direcciones Generales competentes en
materia de minería de la Administración General del Estado, del Gobierno de Navarra y
del Gobierno de Aragón, procedieron al otorgamiento de las tres concesiones de
explotación que abarcan el proyecto denominado «Mina Muga», promovido por
Geoalcali, SL, para la explotación de sales sódicas y potásicas, sito en los términos
municipales de Javier, Sangüesa y Yesa (Navarra) y Undués de Lerda (Zaragoza).
Para el desarrollo del proyecto se han tramitado tres concesiones de explotación,
derivadas de sendos permisos de investigación: «Muga» n.º 3.500-10 (ubicado
íntegramente en Aragón y, por tanto, competencia de dicha Comunidad Autónoma);
«Goyo» n.º 35.780 (ubicado íntegramente en Navarra y, por tanto, competencia de dicha
Comunidad Foral); y «Fronterizo» n.º 3.502 (situado entre ambas comunidades
autónomas y, por tanto, competencia de la Administración General del Estado). Las
resoluciones por las que se han otorgado estas tres Concesiones de explotación son:
– Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de 1 de julio de 2021, por la que se
otorga la concesión de explotación derivada del permiso de investigación
«Fronterizo» n.º 3.502, para recursos de la Sección C –sales potásicas y sódicas–,
ubicada en los términos municipales de Javier y Sangüesa (Navarra) y Undués de Lerda
(Aragón), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 21 de julio de 2021(https://
www.boe.es/boe/dias/2021/07/19/pdfs/BOE-B-2021-33546.pdf).
– Resolución 56/2021, de 1 de julio de 2021, de la Directora General de Industria,
Energía y Proyectos Estratégicos S3 del Gobierno de Navarra, por la que se otorga la
concesión de explotación derivada del permiso de investigación «Goyo» n.º 35.780, para
sales potásicas y sódicas, ubicada en los términos municipales de Javier, Sangüesa y
Yesa, publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» el 2 de agosto de 2021 (https://
bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2021/179/14).
– Resolución de 1 de julio de 2021, del Director General de Energía y Minas del
Gobierno de Aragón, por la que se otorga la Concesión de explotación «Muga»,
n.º 3.500-10, para recursos de la Sección C), sales potásicas y sódicas, derivada del
permiso de investigación «Muga» n.º 3.500, ubicada en el término municipal de Undués
de Lerda, provincia de Zaragoza, a favor de Geoalcali, SL, publicada el «Boletín Oficial
de Aragón» el 12 de julio de 2021 (http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?
CMD=VEROBJ&MLKOB=1175965904242&type=pdf).
II. Que, puesto que el proyecto es único y existían tres administraciones afectadas,
con fecha 16 de junio de 2015 se firmó un convenio de encomienda de funciones entre el
entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo, la Comunidad Autónoma de Aragón
y la Comunidad Foral de Navarra para la «(…) tramitación conjunta de los expedientes
administrativos relacionados con el otorgamiento de las concesiones de explotación
“MUGA” n.º 3.500-10, “GOYO” n.º 35.780 y “FRONTERIZO” n.º 3.502, y que esta
tramitación, asimismo, tiene por objeto la obtención de la Declaración de Impacto
Ambiental del proyecto, que corresponderá al Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente como órgano medioambiental competente.» Dicho convenio ya no está
vigente, ya que, conforme a su cláusula cuarta, la duración de la encomienda «finalizará
con la remisión del expediente de otorgamiento de las respectivas concesiones a la
Comunidad Autónoma de Aragón y a la Comunidad Foral de Navarra».
No obstante, la cláusula quinta establecía que, «Al objeto de asegurar una adecuada
coordinación de las actividades de seguimiento y control de las concesiones objeto de
este convenio, se establecerá una Comisión Técnica, cuya composición y funciones se

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