III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9383)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rececho Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Rececho Solar, de 57,5 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Campo Real, en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

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referencia al derecho minero «Demasía a Morata II Fracción 2.ª», presenta una serie de
alegaciones, manifestando su voluntad de llegar a un acuerdo. Se da traslado al
organismo de la respuesta del promotor, el cual emite una segunda contestación donde
reitera que deben quedar acreditados expresamente los acuerdos, o los intentos de
acuerdos, entre el promotor y los titulares de las dos explotaciones afectadas.
Posteriormente, el promotor manifiesta que ha intentado llegar a un acuerdo con la
minera con respecto a la Demasía a Morata II Fracción 2.ª, pero no ha sido posible.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid manifestando su disconformidad con el proyecto debido a la reducción de
superficie de cultivos leñosos de importancia. Se ha dado traslado al promotor, el cual
responde indicando que el proyecto cuenta con Declaración de Impacto Ambiental
favorable y muestra su predisposición para la ejecución de medidas compensatorias en
relación al problema planteado, manteniendo un diálogo con dicho organismo de cara a
concretarlas en un tiempo acordado. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva
respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid, donde se pronuncia, para dar cumplimiento del punto 1.ii).b) Flora y 1.ii).c)
Fauna de la DIA, sobre el programa de medidas compensatorias y el programa de
vigilancia presentado por el promotor. Manifiesta que, en general, las modificaciones
realizadas en el proyecto se ajustan a lo establecido en la DIA y a los informes previos
enviados por los organismos. Asimismo, propone una serie de cambios para completar
dicha documentación. Se ha dado traslado al promotor, que responde prestando
conformidad al organismo y posteriormente enviando nueva documentación. Se da
traslado al organismo, el cual informa favorablemente sobre las medidas compensatorias
presentadas por el promotor.
Preguntados el Ayuntamiento de Campo Real, la Dirección General de Urbanismo de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, y la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 8 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 6 de junio de 2023
en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», y el 7 de junio de 2023 en el diario
ABC y con la exposición al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Campo
Real (con fecha 29 de mayo de 2023). Se ha recibido una alegación de la asociación
Ecología y Libertad dirigida al Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, en la que solicita personarse en el expediente. Se le da
contestación con los medios que se disponen para acceder a lo solicitado.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid ha emitido
informe en fecha 20 de septiembre de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto
Ambiental favorable, mediante Resolución de 17 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones
ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que

cve: BOE-A-2024-9383
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Núm. 113