III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-9377)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Construcción del Recinto 4 fase 2.ª en el Puerto de Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

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turbidez a una, tres y seis horas del vertido en distintas condiciones de marea y viento,
para un contenido de finos alto, el promotor no ha aplicado las conclusiones obtenidas
en las condiciones de ejecución de su proyecto. Respecto al caso de rotura, el promotor
ha presentado una estimación de las superficies afectadas por sedimentación a lo largo
del dique, a noventa y seis horas del vertido, donde la superficie afectada varía entre 90
y 120 ha.
Las medidas propuestas para la corrección de este impacto, tanto para la fase de
obra como para la fase de uso, constituyen buenas prácticas de obra. No obstante, el
plan de vigilancia ambiental concreta algunas de estas medidas, como la instalación de
barreras antiturbidez para la fase de obra, así como otros medios para su control y se
definen algunas características del control de calidad del agua tanto para la fase de obra
como de uso.
De acuerdo con el EsIA, para el seguimiento de la evolución de la calidad de las aguas
durante las obras, diariamente, se evaluarán parámetros de sonda multiparamétrica. Al
menos un mes antes del inicio de las obras, y quincenalmente durante la fase de
construcción, se efectuarán muestreos y análisis de sólidos en suspensión, turbidez y
concentración de metales pesados (arsénico, cromo, níquel, cadmio, cobre, mercurio,
plomo y zinc). Para ello, se establecerán una serie de estaciones de muestreo (al menos
cinco): una estación blanco alejada de la zona de obra, y cuatro en zonas próximas a la
obra y alrededores. En todas las estaciones, se tomarán muestras de agua a diferentes
profundidades en el perfil vertical de la columna de agua (superficie, profundidad media y
fondo) para su análisis sin mezcla. Antes del inicio de las obras, se realizará un muestreo
previo para conocer la calidad del agua en la ría.
Durante la fase de relleno del recinto, se han establecido controles diarios de la
calidad de las aguas durante la primera semana, semanales durante el primer mes, y el
resto con periodicidad quincenal. En los periodos de inactividad de relleno, se realizará
un control mensual del agua del recinto. Las estaciones de control se sitúan a ambos
lados del desagüe dentro y fuera del recinto, dos aguas arriba y abajo y una en zona que
sirva de «blanco». Los parámetros a analizar son: temperatura, pH, oxígeno disuelto,
potencial redox, sólidos en suspensión, fosfatos, nitrógeno total y metales pesados.
El Instituto Español de Oceanografía considera adecuado el programa de vigilancia y
seguimiento planteado por el promotor en el EsIA. A la vez que hace hincapié en que se
debe garantizar la adecuada vigilancia de los recintos durante la construcción, durante la
explotación y una vez que los recintos han sido sellados y clausurados. Esta garantía se
considera indispensable.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía hace referencia
únicamente a algunos aspectos de la planificación hidrológica e indica que el proyecto se
consideró dentro de las nuevas alteraciones amparadas por el artículo 39 del
Reglamento de Planificación Hidrológica, y que ha sido incluido en el Plan Hidrológico
del Tinto, Odiel y Piedras 2022-2027, en el apéndice VIII.4 (Nuevas alteraciones o
modificación) y en el apéndice 12.3 de la normativa del mismo Plan, publicada en BOJA
de 17 de octubre de 2023. Como conclusión, señala que la actuación se encuentra
incluida dentro de la Planificación Hidrológica de la Demarcación Hidrográfica del Tinto,
Odiel y Piedras y sus efectos se consideran compatibles con los objetivos
medioambientales de las masas de agua afectadas establecidos en el artículo 35 del
Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por aplicación del artículo 39 de la misma
disposición reglamentaria.
La Delegación Territorial en Huelva de la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía solicita la remisión de los
resultados de los controles analíticos periódicos del vertido del material dragado, para su
seguimiento, cuestión aceptada por el promotor, sólo en lo que se refiere al informe
anual de controles de la calidad de las aguas, por lo que se incluye una condición al
respecto en esta resolución.
Por su parte, el informe de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del MITECO establece ciertas condiciones respecto al cumplimiento de

cve: BOE-A-2024-9377
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