III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-9377)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Construcción del Recinto 4 fase 2.ª en el Puerto de Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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aproximadamente y de lado menor 523 m. El muro tendrá una coronación a cota
+6,00 respecto a la B.M.V.E. y una anchura en la misma de 6,00 metros.
b) Mejora de la impermeabilidad del Dique Juan Carlos I mediante la colocación
sobre él de un geotextil en el tramo correspondiente de este recinto.
c) Acondicionamiento del actual firme de hormigón del Dique Juan Carlos I para
reducir ruidos y vibraciones por el paso de vehículos y maquinaria, con una capa de 6
cm de hormigón bituminoso AC 22 D. Dentro de estas actuaciones de
acondicionamiento, se rehabilitarán los puntos de las infraestructuras que dan acceso al
espigón (Puente del Burro, Bacuta Norte y Bacuta Sur) que presenten patologías que
puedan comprometer su comportamiento y reducir el nivel de servicio adecuado para el
tráfico pesado que acarreará la ejecución de las obras.
d) Extensión de una capa de arena u otro material limpio de un metro de espesor
sobre el recinto, una vez llegado el nivel de los materiales confinados a la cota +5.00, y
posterior plantación en la zona.
Para las obras, se estima un plazo máximo de ejecución de quince meses desde la
firma del acta de replanteo.
Los materiales que se confinarán en el nuevo recinto serán los caracterizados de
categoría C, según las «Directrices para la caracterización del material dragado y su
reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre», que procedan del dragado
de los muelles de la Autoridad Portuaria de Huelva y de particulares y de la canal del
Puerto. Con carácter general, se prevé la realización del trasvase del material dragado
mediante bombeo por tubería desde las embarcaciones.
Tramitación del procedimiento

De acuerdo con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, la Autoridad Portuaria de Huelva somete al trámite de información pública el
proyecto y el EsIA del proyecto «Construcción del Recinto 4 Fase 2.ª en el Puerto de
Huelva», mediante anuncio en el BOE de 3 de agosto de 2021. No consta en el
expediente, la recepción de alegaciones durante este trámite. Simultáneamente, se
realizan las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas. El anexo I recoge la tabla con los organismos consultados y si han emitido o
no contestación.
Con fecha 3 de agosto de 2022, se recibe el expediente de evaluación de impacto
ambiental, para inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto
ambiental.
Con fecha 24 de febrero de 2023, se requiere al órgano sustantivo la subsanación
formal del expediente, mediante la aportación de los informes preceptivos de los órganos
con competencias estatales en medio ambiente y Dominio Público Marítimo-Terrestre y
de los órganos autonómicos competentes en materia de planificación hidrológica,
dominio público hidráulico, calidad de las aguas, prevención y gestión de riesgos; y salud
pública, conforme a lo establecido en los apartados a), c), d), f) e i) del 37.2 de la Ley de
evaluación ambiental.
Por otra parte, acreditadas determinadas carencias del EsIA, se solicita a la
Autoridad Portuaria de Huelva que aporte información complementaria sobre la gestión
del material dragado, los posibles efectos sinérgicos, la afección del proyecto a espacios
de la Red Natura 2000 y una prospección arqueológica subacuática.
Con fecha 30 de mayo de 2023, el órgano sustantivo responde, pero sin aportar la
totalidad de la documentación solicitada, por lo que el 7 de septiembre de 2023, se
remite reiteración de la petición de los informes preceptivos no aportados, así como de la
información complementaria sobre la gestión del material dragado y sobre posibles
efectos sinérgicos. Además, en virtud del artículo 40.3 de la Ley de evaluación
ambiental, se requiere información adicional de los efectos del transporte de materiales
sobre el LIC y ZEPA ES0000025 «Marismas del Odiel», también considerado Reserva de
la Biosfera, humedal RAMSAR y Paraje Natural de Interés Nacional, el estudio de una

cve: BOE-A-2024-9377
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