III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9380)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Morena Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Morena Solar, de 95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Campo Real, en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

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puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto de ejecución se debía atender, en particular y entre otras, a las siguientes
condiciones y medidas dispuestas en la DIA, presentado la documentación acreditativa
de su cumplimiento:
– Cumplimiento de los límites que están establecidos en el Real Decreto 1066/2001,
por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del
dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de
protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, y con la Recomendación del
Consejo Europeo 1999/519/CE, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del
público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz), según
condición 1.ii).a) Población.
– Establecimiento de Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística según
condición 1.ii).b) Flora.
– Preservación de isletas y linderos de vegetación natural existentes en el interior de
la PFV, así como de ejemplares de las especies de flora recogidas en el
Decreto 18/1992, de 26 de marzo por el que se aprueba el Catálogo Regional de
especies amenazadas de fauna y flora silvestres y se crea la categoría de árboles
singulares, según condición 1.ii).b) Flora.
– Creación de micro-reservorios en el interior de las instalaciones y de red de
corredores para favorecer la integración de la infraestructura, según condición 1.ii).b)
Flora.
– Retranqueo de un mínimo de 20 metros a cada margen de los cauces fluviales,
según la condición 1.ii).f) Hidrología.
– Condicionantes del Programa de Vigilancia Ambiental según el apartado 1.iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y
declaración, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 23 de abril de 2023, el
promotor presenta documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos
impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada Resolución de
autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Líneas eléctricas subterráneas de 30 kV con origen en los centros de
transformación de la planta, discurriendo hasta la subestación transformadora
Rececho 30/220 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Loeches 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU, cuenta con autorizaciones
administrativas de construcción otorgadas mediante Resoluciones de la Dirección
General de Política Energética y Minas de 22 de noviembre de 2023 (FV Quilla Solar,
SGEE/PFot-172) y de 24 de abril de 2024 (FV Mástil Solar, SGEE/PFot-190):
– Subestación Eléctrica SET Rececho 30/220 kV.

cve: BOE-A-2024-9380
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Núm. 113