III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9380)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Morena Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Morena Solar, de 95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Campo Real, en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9380

Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Morena Solar, SLU, autorización
administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica Morena Solar, de 95 MW de
potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos
municipales de Arganda del Rey y Campo Real, en la Comunidad de Madrid,
y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Morena Solar, SLU, solicitó, con fecha 6 de agosto de 2020, autorización
administrativa previa de la planta fotovoltaica Morena Solar de 100 MWp, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Campo Real y Arganda
del Rey (Madrid).
Mediante Resolución de 18 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Morena Solar, SLU, autorización administrativa previa
para la instalación fotovoltaica Morena Solar de 95 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Campo
Real (Madrid) (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 107, de 5 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, y derivado de la tramitación efectuada de conformidad con los
artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el promotor se
comprometió a llevar a cabo determinadas modificaciones sobre el proyecto, en
particular, en respuesta al informe de la Dirección General de Promoción Económica e
Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid, consistente en:
– Retranqueo de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica, en relación
con la afección al derecho minero Morata II, Fracción 2.ª, titularidad de Calizas Campo
Real, SA, situada en el término municipal de Campo Real.

– Reducción de la superficie de ocupación de la instalación fotovoltaica en 37
hectáreas, desde 197 hectáreas hasta 160 hectáreas, atendiendo al informe de la
Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid
con objeto de evitar la creación de una barrera ecológica a las poblaciones faunísticas
existentes, y garantizar la conectividad ecológica de la zona.
Posteriormente, con fecha 23 de abril de 2023, el promotor envía documentación
técnica donde pone de manifiesto la modificación del trazado de líneas de media tensión
de 30 kV como consecuencia de la reducción de superficie de la planta y con objeto de
compartir zanja para la traza de la línea subterránea de evacuación a la subestación
eléctrica Rececho, ocupando por ello parcelas no contempladas anteriormente, según
condicionante establecido en la Declaración de Impacto Ambiental del expediente PFot-190.

cve: BOE-A-2024-9380
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa
previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó,
con fecha 8 de abril de 2022, adenda al estudio de impacto ambiental y una adenda al
proyecto de la instalación fotovoltaica, con modificaciones consistentes en: