I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2024-9323)
Orden DEF/424/2024, de 26 de abril, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina, por promoción interna, de personal de la escala de suboficiales, sin exigencia de titulación universitaria previa, con créditos adquiridos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 52395

ejercicio de la profesión militar a bordo de buques de guerra y de unidades de infantería
de Marina.
b) Perfiles específicos para cada cuerpo. Estos perfiles son la suma de las
competencias específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos
asociados a su primer empleo operativo en las unidades de la Armada, siendo estos
perfiles los siguientes:
1.º Perfil de oficial del Cuerpo General. Las competencias específicas deben
capacitarle para ejercer como oficial de destino, oficial de guardia en puente, oficial de
guardia en puerto y jefe del trozo de seguridad interior en los diferentes tipos de buques
de la flota, así como realizar funciones para contribuir y participar en el control de
operaciones, siendo responsable, entre otros cometidos, del mantenimiento de la
situación táctica, empleo de los sistemas de combate, armas e información y
comunicaciones.
2.º Perfil de oficial del Cuerpo de Infantería de Marina. Las competencias
específicas deben capacitarle para ejercer el mando de una unidad tipo sección en los
batallones de fusiles del Tercio de Armada y ejercer como oficial de la guardia militar en
bases/instalaciones y jefe de dispositivos de seguridad en el ámbito de la Fuerza
de Protección, así como realizar funciones para contribuir a los cometidos operativos
propios de una unidad tipo compañía o batallón de fusiles del Tercio de Armada.
c) Asimismo, se han contemplado también las competencias específicas necesarias
para dirigir un destino en una unidad de la Armada, como son las relativas a la gestión
de los mantenimientos, la instrucción y adiestramiento, y el liderazgo.
d) Finalmente, se han incluidos los conocimientos y habilidades para potenciar la
capacitación digital en el desempeño de sus competencias genéricas y específicas en el
marco de la transformación digital del Ministerio de Defensa y de la Armada.
Artículo 2. Planificación temporal del plan de estudios.
A continuación, se relaciona la planificación temporal del plan de estudios, por
cursos, con sus módulos correspondientes:
Cuerpo General de la Armada.
Curso 1.º
Módulo

Centro: Escuela Naval Militar
Materia

Asignatura

Carga de trabajo

Historia Naval.

2 ECTS

Derecho Marítimo.

3 ECTS

Liderazgo.

3 ECTS

Control de Plataforma.

6 ECTS

Seguridad Interior I.

4 ECTS

Maniobra y Navegación.

Maniobra y Navegación I.

12 ECTS

Táctica Naval.

Táctica Naval I.

3 ECTS

Formación en Idioma Extranjero.

Inglés.

Inglés I.

3 ECTS

Instrucción y Adiestramiento.

Instrucción y Adiestramiento.

Instrucción y Adiestramiento I.

10 SEM

Instrucción y Adiestramiento I.

250 HRS

Formación Militar Específica.

Formación Militar en la Armada.

Tecnología Naval.
Formación Militar Técnica.

Titulación de grado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
(1) Hasta un máximo de 36 ECTS en función de la documentación aportada que justifique los ECTS pendientes de superación.

Hasta 36 ECTS (1)

cve: BOE-A-2024-9323
Verificable en https://www.boe.es

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