II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9189)
Resolución 452/38153/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la integración como militar de carrera en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 51756

en
la
página
web
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/,
y,
posteriormente, en el «Boletín Oficial del Estado».
Si antes de la fecha de ingreso en el centro docente militar de formación alguna de
las personas propuestas desease renunciar voluntariamente a la plaza que se le hubiera
asignado, deberá solicitarlo mediante instancia dirigida al Director General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, que se adelantará vía correo electrónico a la
dirección que corresponda de las que se indican en la base común cuarta. Estas
renuncias expresas extenderán sus efectos a todo el proceso de selección, procediendo
el Órgano de Selección a la reasignación, teniendo en cuenta la calificación y las
prioridades de las personas aspirantes para el total de plazas, incluyendo las ya
propuestas y las acumuladas.
Durante ese periodo de tiempo y debido a las posibles reasignaciones, las
modificaciones que se produzcan y las nuevas relaciones provisionales de personas
propuestas para ser nombradas alumnos y alumnas serán publicadas en la página web
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/.
Para los procesos de ingreso por promoción se considera fecha de ingreso la de
presentación de los alumnos de ingreso directo, con independencia de la fecha de
presentación establecida en los respectivos anexos para aquella forma de ingreso. Por
tanto, las renuncias que se produzcan durante el periodo que comprende la fase de
acogida, orientación y adaptación a la vida militar se cubrirán de acuerdo a la relación
complementaria.
En ningún caso el Órgano de Selección podrá declarar un número de personas
propuestas, para ser nombradas alumnos y alumnas, superior al de plazas convocadas,
de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre.
Alcanzada la fecha de ingreso en los centros docentes militares de formación que
proceda se extinguirán, respecto a las personas participantes, todos los derechos
derivados del proceso de selección.
No más tarde del día 12 de agosto se expondrán en la página web https://
reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/ las relaciones complementarias de
aspirantes, ordenadas de mayor a menor nota, que habiendo finalizado las pruebas no
hubieran obtenido plaza.
Decimotercera. Presentación en el centro docente militar de formación y nombramiento
de alumnos y alumnas.
Las personas propuestas para ingresar como alumnos y alumnas efectuarán su
presentación en el lugar y la fecha que se indique en los anexos correspondientes.
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
A partir de la resolución de nombramiento como persona aspirante propuesta para
ser nombrada alumno o alumna, al personal de procedencia militar le será proporcionado
pasaporte de incorporación (título de viaje y dietas) por la UCO de procedencia o
dependencia con cargo a sus Ejércitos o la Armada, quienes solicitarán su
compensación a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
Dicho título será entre su UCO de origen y el lugar de presentación, Academia
General Militar para las personas aspirantes a las diferentes escalas de oficiales y la
Academia General Básica de Suboficiales para el personal aspirante a la Escala de
Suboficiales.
Al hacer su presentación, aquéllos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas y serán posteriormente
nombrados alumnos por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, adquiriendo tal condición y extinguiéndose, respecto de ellos, todos los
derechos derivados de este proceso de selección.

cve: BOE-A-2024-9189
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Núm. 112