II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9188)
Resolución 452/38152/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 51687

– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
común octava «Fase de Concurso».
1.6 Méritos a valorar en la fase de concurso.
Plazo de presentación: Desde el inicio del plazo establecido en la base común
tercera hasta la fecha de comienzo de la primera prueba.
Solamente se valorarán aquellos méritos debidamente justificados que se posean en
la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Para la justificación de
los méritos solo se admitirán documentos originales o copias auténticas. No será objeto
de valoración ninguna copia que carezca de autenticación o de Código Seguro de
Verificación.

El procedimiento para aportar la documentación a la que se refiere este punto se
llevará a cabo de igual forma a lo dispuesto en el punto 2 de esta base y en la base
común quinta.
1.7 Certificado médico oficial para realizar las pruebas físicas (apéndice 6).
Plazo de presentación: el día que se le haya asignado a la persona interesada para
realizar las pruebas físicas.
Se deberá aportar, uno de los dos modelos de «certificado médico oficial» que
figuran en el apéndice 6. En el modelo de certificado médico presentado (de los dos
permitidos) deberá figurar, «expresamente», que la persona interesada «se encuentra
capacitada físicamente para la realización de pruebas de aptitud física consistentes en
ejercicios de: Potencia de tren inferior, Potencia de tren superior, Velocidad (carrera
de 50 metros), Resistencia (carrera de 1.000 metros), Soltura acuática (50 metros) y
Agilidad».
El certificado médico deberá haberse expedido dentro de los treinta días naturales
anteriores al día de la realización de las pruebas físicas, siendo el Órgano de Selección
el responsable de efectuar la comprobación de su validez antes del inicio de los
ejercicios de que consta la prueba. En caso de apreciarse cualquier defecto de literalidad
en el certificado médico presentado, el Órgano de Selección podrá acordar la realización
de las pruebas físicas en la tanda de incidencias una vez subsanados los defectos de
forma apreciados.
Quienes presenten el certificado médico sin la firma del facultativo o que no haya
sido expedido dentro de los treinta días anteriores al de realización de las pruebas físicas
quedarán excluidos del proceso de selección y perderán los derechos de participación.
2.

Procedimientos para la aportación de documentación.

2.1 A través de la sede electrónica. Solicitud de admisión y documentos anexados:
se aportarán, tal y como se indica en el punto 1.1 de esta base y en el apéndice 1, en los

cve: BOE-A-2024-9188
Verificable en https://www.boe.es

– Méritos militares: El Órgano de Selección extraerá del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) los méritos militares que posea la persona interesada
en la fecha en que finaliza el plazo de admisión de solicitudes.
En aquellos casos en que la persona aspirante haya detectado errores en los datos
administrativos grabados en SIPERDEF remitirá, junto con la solicitud, copia de la nota
de reparos remitida a su Mando de Personal, con el V.º B.º del Jefe de su UCO y el
conforme de la persona aspirante.
– Méritos académicos: En la valoración de los estudios universitarios solo se
considerará la certificación académica oficial expedida por la Facultad, Escuela Técnica
o centro docente correspondiente. En la misma figurarán las asignaturas, créditos y
calificaciones numéricas que correspondan a cada una de ellas.
– Perfil de idiomas: Acreditación del perfil de idiomas establecido en el
apartado 1.2.2.f) de la base común segunda. Sólo serán válidos los certificados
correspondientes a pruebas efectuadas antes del día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.