III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-9268)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Samu Internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9268

Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Samu Internacional.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad «Fundación Samu» según resulta
de la escritura otorgada ante el notario de Sevilla, Eduardo C. Ballester Vázquez, el 15
de noviembre de 2022 con el número 3.783 de protocolo, subsanada por otra otorgada
ante el mismo notario, el 29 de junio de 2023, protocolo 2.295.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Isla de la Cartuja, Avenida de
Américo Vespucio s/n, Edificio Cartuja locales 7, 8 y 9 y su ámbito de actuación se
extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.

Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Fines de la Fundación.

Defensa y promoción de los Principios Democráticos y de los Derechos Humanos,
principalmente de los Derechos a la Vida y a la Integridad Física, Psíquica y Moral de las
personas.
Asistencia integral a la infancia, a los menores, a la tercera edad, personas en
migración y a discapacitados físicos o psíquicos en todos sus grados.
Ayuda a las víctimas de catástrofes actos violentos en general.
Asistencia sanitaria, social, sociosanitaria e inserción social.
Cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios y laborales de las
personas y colectividades incluidas en su ámbito de actuación.
Fortalecimiento Institucional en los ámbitos propios de sus actividades.
Cooperación para el desarrollo.
Promoción del voluntariado y la acción social en su ámbito de actuación.

cve: BOE-A-2024-9268
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.