III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9295)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, en materia de formación permanente del profesorado.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 52064

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
9295

Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios de Doctores
y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, en materia de formación
permanente del profesorado.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y CDL-Consejo
General de Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, han
suscrito, con fecha 26 de abril de 2024, un convenio en materia de formación
permanente del profesorado, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 3 de mayo de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y CDL-Consejo General de Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía
y Letras y en Ciencias en materia de formación permanente del profesorado
REUNIDOS
De una parte, doña Mónica Domínguez García, Directora General de Evaluación y
Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,
según nombramiento por Real Decreto 438/2022, de 7 de junio (BOE del 8), en
representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, conforme
a lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE del 26),
sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y
delegación de competencias.
Y, de otra parte, don Alexandre Rocas Jordi, Presidente de CDL-Consejo General de
Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, y con capacidad
para suscribir el presente convenio en virtud de certificado las elecciones celebradas tras
el Pleno del Consejo General celebrado en Madrid los días 17 y 18 de noviembre
de 2023, firmado por Judith Miro Dalmau, con fecha de 16 de abril de 2024.
EXPONEN

Que la formación y actualización del profesorado incide decisivamente en la calidad de
la educación, por ello la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la
LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006) contiene el mandato a las autoridades educativas
de planificar y favorecer las actividades de formación permanente del profesorado,
consistiendo dicha formación en un derecho y en una obligación del profesorado. A tal fin se
propicia la colaboración con entidades sin ánimo de lucro que cuenten entre sus fines la
formación permanente del profesorado.

cve: BOE-A-2024-9295
Verificable en https://www.boe.es

Primero.