III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-9300)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para las jugadoras de baloncesto que prestan sus servicios en clubes de la liga femenina de baloncesto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9300

Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo para las jugadoras de
baloncesto que prestan sus servicios en clubes de la liga femenina de
baloncesto.

Visto el texto del convenio colectivo para las jugadoras de baloncesto que prestan
sus servicios en clubes de la liga femenina de baloncesto (Código de convenio
n.º: 99100295012024), que fue suscrito con fecha 22 de febrero de 2024, de una parte,
por la Asociación Nacional de Baloncesto Femenino (ANBF), en representación de las
empresas del sector, y de otra, por el Sindicato de Jugadoras de Baloncesto, en
representación de las trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y
acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de abril de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO PARA LAS JUGADORAS DE BALONCESTO QUE PRESTAN
SUS SERVICIOS EN CLUBES DE LA LIGA FEMENINA DE BALONCESTO
Firmantes del convenio:
Asociación Nacional de Baloncesto Femenino (ANBF).
Sindicato de Jugadoras de Baloncesto (SIJUBA).
CAPÍTULO I

Artículo 1.

Ámbito funcional.

El convenio colectivo establece y regula las normas por las que han de regirse las
condiciones de trabajo de las Jugadoras de Baloncesto que prestan sus servicios en los
equipos de los Clubes de Baloncesto o Sociedades Anónimas Deportivas (en adelante,
designados indistintamente como «Clubes/SADs» o como «Club/SAD»), que participen
en la Liga de Primera División Nacional de Baloncesto Femenino (Liga ENDESA).

cve: BOE-A-2024-9300
Verificable en https://www.boe.es

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