II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Destinos. (BOE-A-2024-9172)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
9172

Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función
Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/241/2022, de 24 de marzo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios/as
de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 25 de abril
de 2024 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se le
otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante el responsable
del servicio de personal de la Delegación Territorial de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública de la provincia en la que se encuentre el destino
adjudicado dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.

Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Delegación Territorial
correspondiente a su destino como funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos
en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares,

cve: BOE-A-2024-9172
Verificable en https://www.boe.es

Al personal funcionario destinados en virtud de esta resolución y que opte por continuar
en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será necesario que se
desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del
plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la
Delegación Territorial correspondiente dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio
del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de acceso y promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia.