III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9315)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Mástil Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Mástil Solar, de 62,7 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Perales de Tajuña, Campo Real y Arganda del Rey, en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de mayo de 2024

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puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto de ejecución se debía atender, en particular y entre otras, a las siguientes
condiciones y medidas dispuestas en la DIA, presentado la documentación acreditativa
de su cumplimiento:
– Creación de memoria para la ejecución de las medidas compensatorias a incluir en
el EsIA, la citada memoria requerirá informe previo favorable de la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales, según condición 1.1.7. y 1.1.8.
– Creación de un Plan de Autoprotección según condición 1.1.13.
– Mantenimiento de la red de vaguadas y arroyos estacionales con una franja de al
menos 20 metros a cada lado, para recibir y encauzar las escorrentías, y evacuar
eventuales inundaciones, así como el respeto de las servidumbres de 5 metros de
anchura de los cauces públicos, según condiciones 1.2.4. (Agua) y 1.2.5. (Agua).
– Vallado con las características establecidas en la condición 1.2.4. (Fauna).
– Medidas de prevención contra la electrocución y colisión de avifauna en apoyos y
vanos, cumpliendo la normativa, según condición 1.2.6. (Fauna).
– Evitar instalación de placas solares en montes arbolados protegidos según
condición 1.2.3. (Espacios Protegidos, red Natura 2000).
– Establecimiento de zona de exclusión de infraestructuras para los bienes
identificados según condición 1.2.3. (Patrimonio cultural).
– Creación de un plan de restauración paisajística según la condición 1.2.3.
(Paisaje).
– Condicionantes del Programa de Vigilancia Ambiental según apartado 1.3. en los
términos establecidos en la DIA de conformidad con el informe de la Dirección General
de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y
declaración, en concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 21 de abril de 2023, y
con fecha 24 de marzo de 2024, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la
citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración
responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Infraestructura de evacuación a 30 kV que conecta el parque fotovoltaico Mástil
Solar con la SET Rececho 220/30 kV.
– Subestación Eléctrica SET Rececho 220/30 kV.
– Línea aérea de alta tensión a 220 kV que conecta la SET Rececho hasta el
apoyo 39 de la línea aérea de alta tensión a 220 kV SET Piñón – SET Nimbo.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Loeches 400 kV, de Red Eléctrica de España, SAU, cuenta con autorización

cve: BOE-A-2024-9315
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Núm. 112