I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales. (BOE-A-2024-9151)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 51530

de Seguridad Jurídica y Fe pública, según apartado afectado y tipo de modelo, son las
siguientes:
A.1

Cambios en todos los modelos (normal, abreviado y pyme).

A.1.1

Cambios en la hoja de Identificación.

Se incluye información sobre el número de mujeres que pertenecen al órgano de
gobierno y el total de miembros de mismo. Se elimina, por tanto, la información
correspondiente al porcentaje al ser redundante.
A.1.2 Cambios en los test de errores.
Se incluyen test adicionales sobre el número de mujeres en el órgano de gobierno.
A.2 Cambios en el modelo Normal.
A.2.1 Contenido de la memoria normal.
Se modifica el apartado 27 de la memoria y su correspondiente cuadro normalizado
M27 incorporando información sobre el número de facturas e importes de las mismas
cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la
ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la
morosidad en las operaciones comerciales. También se informará de los porcentajes que
suponen estos cálculos sobre el total número de facturas e importes.
A.3

Cambios en el modelo pyme.

A.3.1

Cambios en la hoja medioambiental.

Se elimina la referencia a las «emisiones alcance 3».
En su virtud, de acuerdo con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, he
resuelto:
Primero.
Aprobación de las modificaciones de los modelos de cuentas anuales
Modificar, en los términos anteriormente expuestos, los modelos oficiales de cuentas
anuales a los que se refiere la Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Segundo.

Publicidad.

Se acuerda dar publicidad en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes a la última versión de los modelos de cuentas anuales,
traducido a las lenguas cooficiales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden
JUS/616/2022, de 30 de junio, sin perjuicio de la que efectúe el Colegio de Registradores
de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles en su página web.
Entrada en vigor.

La utilización de los modelos aprobados por la presente resolución será obligatoria
para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean
presentadas en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación
de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de abril de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Tercero.