II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Personal laboral. (BOE-A-2024-9120)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso, para la provisión de plazas de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
9120

Resolución de 29 de abril de 2024, de la Presidencia del Tribunal
Constitucional, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de
concurso, para la provisión de plazas de personal laboral fijo.

De conformidad con lo previsto en los artículos 15 y 102 de la Ley Orgánica 2/1979,
de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y los artículos 14, 21, 49, 52 59 y
concordantes del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, en
el capítulo 3 del Convenio colectivo del Tribunal Constitucional y en la restante normativa
de aplicación, esta Presidencia, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, ha resuelto
convocar proceso selectivo, por el sistema de concurso, para la provisión de tres plazas
de ordenanza, descritas en el anexo I, de la plantilla de personal laboral del Tribunal
Constitucional, con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.

Requisitos de las personas candidatas.

1. De conformidad con el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional, de 14 de
diciembre de 2023, que se adjunta como anexo II, únicamente podrá participar en este
proceso el personal laboral, funcionario o estatutario con una relación fija e indefinida en
el sector público.
2. Las personas candidatas deben estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, sin perjuicio de las particularidades
establecidas en las presentes bases.
3. No podrán participar en el proceso selectivo los empleados/as públicos/as
suspensos en firme por sanción disciplinaria, mientras dure la suspensión.
4. Asimismo, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
– Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto de
trabajo.
– No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de empleos públicos.
Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso, que se ajustarán al modelo que
obra en el anexo III de esta resolución, se dirigirán al secretario general del Tribunal
Constitucional y deberán presentarse obligatoriamente a través del Registro Electrónico
del Tribunal Constitucional (https://www.tribunalconstitucional.es), apartado sede
electrónica, procesos selectivos, dentro del plazo de quince días hábiles contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».
2. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos deberán estar referidos al día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo ser acreditados en los
modelos y en los términos que se indican a continuación.

cve: BOE-A-2024-9120
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.