III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-9145)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, para colaborar en el proceso de depuración de la base de datos del registro de nombres de dominio «.es».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

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datos. Mediante este proceso se localizan, contrastan y corrigen los datos incorrectos
detectados en el Registro.
En este sentido y desde la aprobación de la Instrucción del Director General por la
que se establece el procedimiento especial de cancelación en el marco del proceso de
depuración de datos el 24 de junio de 2015, se ha constatado la necesidad de colaborar
con toda una serie de entidades públicas que en el desarrollo de sus funciones apoyen a
Red.es en la localización de los nombres de dominio «.es» cuyos datos asociados
tengan alta probabilidad de revelarse inexactos o de carecer de veracidad. De esta
forma, dichas entidades sumarán a la hora de seleccionar mediante criterios objetivos los
nombres de dominio «.es» que se someterán al proceso de depuración y corrección de
datos.
Entre las entidades anteriormente descritas, cabe destacar el Instituto Nacional de
Ciberseguridad de España, M.P., SA, en adelante INCIBE, quien coordina los actores
clave a nivel nacional e internacional en materia de ciberseguridad y del que, tal y como
se ha mencionado en el exponendo tercero, dentro de sus actividades tiene el objetivo
de promover servicios en el ámbito de la ciberseguridad así como la puesta en marcha
de mecanismos para la prevención y reacción a incidentes de seguridad de la
información.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del convenio es establecer las bases de colaboración entre Red.es e
INCIBE para colaborar en la depuración de la Base de datos del Registro de nombres de
domino «.es».
Segunda.

Naturaleza del convenio.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se encuadra dentro de los
establecidos en el artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
Jurídico del Sector Público (en adelante, «Ley 40/2015») quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la citada Ley.
Tercera.

Aportaciones de las partes.

La materia objeto de colaboración entre ambas partes comprende, en particular, las
siguientes áreas de interés:

● Red.es compartirá el acceso a la base de datos WHOIS del Registro de dominios
«.es» que gestiona, de tal forma que INCIBE podrá conocer el listado de dominios
activos, de las nuevas altas, y los datos completos vinculados a cada dominio «.es»
● INCIBE remitirá información sobre los nombres de dominios «.es» que se
identifiquen como maliciosos (con carácter general, se considerarán como tales aquellos
desde los que se estén realizando actividades constitutivas de delito) así como sobre
aquellos en los que identifique inexactitud y/o falsedad en los datos facilitados por sus
titulares para su registro, con el fin de que Red.es pueda iniciar procedimientos de
verificación de los datos aportados al Registro. INCIBE informará sobre los criterios que
utilicen para determinar tanto la consideración de maliciosos como la existencia de

cve: BOE-A-2024-9145
Verificable en https://www.boe.es

– Intercambio de Información. En el desarrollo de sus cometidos, tanto Red.es
como el INCIBE manejan información que puede ser de utilidad para la otra parte.
En este sentido, se intercambiará información entre ambos organismos en los
siguientes campos: