III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-9144)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Once para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, la Universidad Carlos III de Madrid y el Observatorio de Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de igualdad en el mundo digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

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b) Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la
adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta
información y facilitarla para contribuir al desarrollo del convenio.
c) Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto
prioritario con las otras Partes, sin perjuicio de los vocales designados para la Comisión
de Seguimiento prevista en la cláusula séptima.
d) Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a
cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones y ayudar
a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los de entrega de
resultados.
e) Incluir los logotipos institucionales de las Partes del convenio, así como de los
fondos europeos, en toda la documentación y contenido audiovisual que se genere y
publique en virtud del convenio.
2.

Obligaciones específicas de Red.es.

Red.es se obliga a:
a) Aportar la financiación prevista en la cláusula cuarta.
b) Celebrar encuentros del Equipo de Trabajo, junto con representantes del Grupo
de Entidades, para planificar el trabajo de cada año de vigencia del convenio según lo
ejecutado en el año anterior
c) Promover la difusión de las piezas de comunicación elaboradas por el Grupo de
Entidades, a tenor de los compromisos adquiridos por presente convenio.
d) Participar en eventos, foros de debate y congresos elaborados con motivo del
cumplimiento de los objetivos previstos en el convenio.
e) Comunicar los avances, logros y resultados que se vayan alcanzando, a través
de la página web de Red.es/ONTSI, en redes sociales y otros canales y plataformas que
permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades que se están llevando a
cabo, y conduzcan de forma sencilla a los interesados, a los recursos producidos que
puedan ser consultados y utilizados.
f) Asegurar la unificación de imagen digital y no digital en cuanto a la difusión de las
actuaciones previstas en los convenios derivados de la Invitación (C046/22-OT).
g) Elaborar, revisar y aprobar los documentos relacionados con la situación actual
de los Derechos Digitales en cada ámbito.
h) Elaborar, revisar y aprobar las propuestas legislativas y no legislativas que se
realicen en el ámbito específico.
3.

Obligaciones del Grupo de Entidades.

a) Aportar la financiación en especie prevista en la cláusula cuarta, derivada de la
dedicación de su personal propio, así como otras aportaciones en especie.
b) Ejecutar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, apartados de 1 a 8,
que responden a la propuesta presentada a la Invitación C046/22-OT por la que fueron
seleccionados.

El importe máximo de la financiación destinada a las actuaciones previstas en la
cláusula segunda del presente convenio es un millón dieciocho mil seiscientos cincuenta
y dos euros con veinticinco céntimos (1.018.652,25 €).
La aportación de Red.es será del 80 % del importe de la financiación llegando a un
máximo de ochocientos catorce mil novecientos veintiún euros con ochenta céntimos
(814.921,80 €) La aportación de Red.es será cofinanciada en su totalidad por la Unión
Europea –Next Generation EU– dentro las necesidades relacionadas directamente con
las iniciativas de los Fondos de Recuperación y Resiliencia, estando alineados con la

cve: BOE-A-2024-9144
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Financiación.