III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-9144)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Once para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, la Universidad Carlos III de Madrid y el Observatorio de Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de igualdad en el mundo digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51469

4. Objetivo 4: Analizar el contexto y el estado del arte en este ámbito, identificando
aquellos problemas, retos, oportunidades y necesidades más relevantes. Entre otras
actuaciones, se contemplan las siguientes:
a)
b)

Mapeo del conocimiento existente de cada área y la experiencia de cada CoP.
Kit de Policy papers de cada CoP.

5. Objetivo 5: Explorar la situación actual de los Derechos Digitales en este ámbito
en España y en la Unión Europea (derechos reconocidos y demandas existentes,
actuaciones en el ámbito legislativo y no legislativo, intervención normativa en
desarrollo). Entre otras actuaciones, se contempla la siguiente:
a) Mapeo del conocimiento existente de cada uno de los derechos digitales.
b) Entrevistas a representantes de organizaciones que lideran prácticas y
experiencias que se estén llevando a cabo en el ámbito.
c) Realización de focus group con la participación de expertos y de entidades
sociales.
d) Realización de mesas redondas, seminarios y jornadas a través del WP3.
6. Objetivo 6: Recopilar las demandas y propuestas de las personas expertas y las
partes interesadas en este ámbito. Entre otras actuaciones, se contemplan las
siguientes:
a) Recopilar de las Comunidades de Práctica (CoP), formado por organizaciones
representantes de las partes interesadas y de personas expertas en cada uno de los
cinco Derechos de igualdad recogidos por la Carta de Derechos Digitales las demandas
y propuestas.
b) Organizar jornadas y acciones para compartir conocimiento, reflexión y
aprendizaje.
7. Objetivo 7: Organizar seminarios, reuniones y jornadas con personas expertas y
partes interesadas para debatir sobre propuestas legislativas y no legislativas que
permitan desarrollar la Carta de Derechos Digitales en este ámbito específico con la
mayor cobertura geográfica posible. Entre otras actuaciones, se contemplan las
siguientes:
a) Compartir el conocimiento, reflexión y aprendizaje derivado de las CoP
organizando jornadas y acciones.
b) Organizar un sistema circular de aprovechamiento de los espacios, recursos y
outputs mediante eventos de naturaleza informativa que permitan el aprovechamiento de
los recursos. Cuyo producto final responda a la co-creación colaborativa entre todos los
agentes con un formato aprovechable.

a) Elaboración de material divulgativo y de aprendizaje para cada una de las CoP.
b) Elaboración y ejecución de un programa de formación de formadores.
Tercera.
1.

Obligaciones de las Partes.

Obligaciones comunes a las Partes.

Todas las Partes se obligan a:
a) Aportar los recursos, humanos y materiales necesarios para el buen desarrollo y
coordinación de las actividades descritas en la cláusula segunda del presente convenio.

cve: BOE-A-2024-9144
Verificable en https://www.boe.es

8. Objetivo 8: Organizar actividades para conseguir la máxima difusión de los
Derechos Digitales y las buenas prácticas en el ámbito específico entre personas
expertas y las partes interesadas con el máximo impacto posible. Entre otras
actuaciones, se contemplan: