III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-9093)
Resolución 420/38136/2024, de 29 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Círculo de Tecnologías para la Defensa y la Seguridad, para la realización de actividades encaminadas a favorecer el intercambio de información en dichas tecnologías con la Base Tecnológica e Industrial de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Lunes 6 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51132

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través de la
Dirección General de Armamento y Material (DGAM), y la Fundación Círculo de
Tecnologías para la Defensa y la Seguridad (la Fundación), es establecer la colaboración
en la realización de actividades encaminadas a favorecer el intercambio de información
en dichas tecnologías con la base tecnológica e industrial de defensa.
Segunda.

Actividades del convenio.

Se desarrollarán las siguientes actividades:
a) Desarrollo de «Jornadas y Seminarios a proporcionar por la Fundación».
Las Jornadas y Seminarios a realizar se programarán con carácter anual y tendrán
carácter gratuito para los miembros de las Fuerzas Armadas asistentes a las mismas. La
designación de este personal será realizada por el MINISDEF.
b) Creación de un think tank formado por la universidad, los organismos públicos de
investigación científico-tecnológicos, miembros de la administración pública relacionados
con la ciencia y la tecnología y la industria (representada por grandes empresas y
pymes) que detecte las oportunidades tecnológicas y científicas que sean relevantes
para el MINISDEF.
c) Elaboración de un informe anual para la DGAM con las principales novedades
presentadas y debatidas a lo largo del año por este think tank.
d) Impacto en el ecosistema con la articulación de la I+D+i tecnológica y científica
con al menos tres convocatorias anuales a toda la cadena de la defensa y de la
seguridad que aborde con los principales prescriptores temáticas de interés y debate
para la DGAM.
Tercera. Aportaciones de las partes.
1.

Ambas partes se obligan a:

a) Coordinar los temas a tratar en las diferentes jornadas y seminarios, poniendo
especial interés en los mensajes a transmitir y en los públicos a los que va dirigida cada
actividad.
b) Consensuar, para el desarrollo de cada una de las actividades, los lugares de
mayor impacto y de máximo interés.
El MINISDEF, a través de la DGAM, se obliga a:

a) Gestionar en coordinación con la Fundación la organización y ejecución de las
actividades citadas en la cláusula segunda. La participación en dichas actividades, por
parte del MINISDEF, se precisará en las reuniones que realicen las partes en el seno de
la Comisión Mixta de Seguimiento, regulada en la cláusula sexta de este convenio.
b) Supervisar cada una de las actividades.
c) Facilitar apoyo a la Fundación para la realización de las actividades que sean de
interés para ambas partes precisas.
d) Impulsar la participación de expertos en los grupos de trabajo y actividades que
se definan en el presente convenio.
e) Apoyar económicamente la realización de las actividades objeto del convenio, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta de este convenio.

cve: BOE-A-2024-9093
Verificable en https://www.boe.es

2.