III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-9108)
Resolución de 24 de abril de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Lunes 6 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
9108

Resolución de 24 de abril de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional del Patrimonio
Cinematográfico y Audiovisual correspondiente al año 2024.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura, modificada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, establece
en su apartado primero la relación de los premios nacionales que concede el
departamento, actualmente Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales,
entre los que se encuentra el Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y
Audiovisual.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de las personas o entidades
galardonadas en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de
una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada
convocatoria.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que corresponden al Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales para realizar acciones de fomento, en particular, mediante premios,
ayudas y subvenciones, en cumplimiento de sus fines,
Este Instituto resuelve:
Convocar el Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual
correspondiente al año 2024, de conformidad con lo siguiente:
Primero.

Objeto y finalidad del Premio.

El Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y Audiovisual se otorga con el
objeto de destacar la labor de personas, instituciones y organizaciones que han
desarrollado iniciativas y proyectos destacables de recuperación, conservación y difusión
del patrimonio cinematográfico y audiovisual a lo largo del año anterior a la convocatoria,
o con una trayectoria relevante en el mismo campo.
Segundo.

Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional del Patrimonio Cinematográfico y
Audiovisual es de 30.000,00 euros, cuantía que no podrá dividirse.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24103.335C.48217, del presupuesto de gastos del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

1. El fallo del Premio corresponderá a un Jurado integrado por un número de
miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona
titular del Ministerio de Cultura, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona
titular de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y las Artes
Audiovisuales, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de
junio de 1995.

cve: BOE-A-2024-9108
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Jurado.