III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-9015)
Resolución 420/38135/2024, de 25 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Diputación Provincial de Jaén, para la construcción y puesta en servicio en la provincia de Jaén del Campo de Pruebas Avanzadas del Centro Tecnológico de Desarrollo y Experimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Sábado 4 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 50858

La Diputación Provincial de Jaén se obliga a:
a) Adquirir la propiedad de los terrenos delimitados para el campo de pruebas
avanzadas mediante expropiación forzosa y tramitar con carácter de urgencia el
procedimiento expropiatorio ante la necesidad de disponer del campo de pruebas una
vez que esté finalizado el campus principal. Cumplir con las obligaciones de pago, en
calidad de expropiante y beneficiario de la expropiación de los terrenos delimitados para
el campus avanzado, incluidas las eventuales indemnizaciones por reclamaciones
judiciales de los expropiados, así como la apropiada gestión y resolución de dichas
reclamaciones y sus intereses derivados.
b) Proponer y tramitar un expediente administrativo para la cesión al INTA de los
terrenos delimitados para el campo de pruebas avanzadas.
c) Prestar cooperación al INTA, en el ámbito de su competencia, en los trámites
administrativos necesarios para la redacción del proyecto, construcción y puesta en
servicio del campo de pruebas avanzadas.
d) Hacer constar expresamente la cooperación del INTA en todas las actividades
informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este
convenio.
Cuarta.

Seguimiento y Evaluación.

Para garantizar la correcta ejecución y seguimiento de lo acordado en este convenio, se
constituye una Comisión de Seguimiento y Evaluación integrada por dos representantes de la
Diputación Provincial de Jaén y dos representantes designados por el INTA.
Por parte el INTA, formarán parte de dicha comisión:
a) El Subdirector/a General de Sistemas Terrestres del INTA, o persona en quien
delegue.
b) El Secretario/a General del INTA, o persona en quien delegue.
Por parte de la Diputación Provincial de Jaén, formarán parte de la comisión:
a) La Diputada Delegada del Área de Economía y Hacienda, o persona en quien
delegue.
b) La Secretaria General, o persona en quien delegue.
Son funciones de la Comisión de Seguimiento y Evaluación las siguientes:

La Comisión de Seguimiento y Evaluación se reunirá, inicialmente, con carácter
bimestral y, en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el
presente convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de
diez días, mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Los
acuerdos se adoptarán por unanimidad de sus miembros.
En cuanto a su funcionamiento, esta Comisión de Seguimiento y Evaluación se regirá
en lo no expresamente previsto para la misma, conforme a lo establecido en la
sección 3.ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, así como a lo dispuesto en los artículos 19 y siguientes de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

cve: BOE-A-2024-9015
Verificable en https://www.boe.es

1. Acordar la puesta en marcha de las actuaciones recogidas en el presente convenio.
2. Realizar el seguimiento de las actuaciones del convenio.
3. Proponer soluciones a los conflictos que pudieran surgir en la aplicación e
interpretación de las cláusulas del mismo.
4. Elaborar informes de situación y evolución de las actividades del convenio,
haciendo mención del estado de las tramitaciones necesarias para su correcta ejecución.
5. Las que sean precisas para garantizar la correcta ejecución del convenio y el
logro de los objetivos propuestos.